Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2015, número de resolución KLCE201500373
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500373 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n Civil n�mero: D AC2013-1427 Sobre: Divisi�n de Comunidad de Bienes |
Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez, y las juezas Birriel Cardona y Sur�n Fuentes.
Birriel Cardona, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2015.
����������� Comparece ante nos Ra�l M�ndez Rivera (se�or M�ndez) mediante petici�n de certiorari y nos solicita la revisi�n de una sentencia sumaria parcial emitida el 25 de junio de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n (TPI), la cual fue notificada a las partes el 29 de julio de 2014. Mediante la misma, el foro de instancia declar� con lugar la moci�n de sentencia sumaria parcial presentada por el se�or M�ndez y, a su vez, determin� que el plan de retiro de �ste era de naturaleza privativa, por lo que, no formaba parte de la divisi�n de bienes.
Se acoge el presente recurso como una apelaci�n debido a que el mismo proviene de una sentencia sumaria parcial a tenor con la Regla 42.3 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, ������R. 42.3.
����������� Por los fundamentos que se expresan a continuaci�n, se confirma la sentencia recurrida.
����������� Seg�n surgen del expediente, los hechos e incidentes procesales pertinentes para disponer del presente recurso se resumen a continuaci�n.
����������� El caso de autos comenz� el 1 de mayo de 2013 con la presentaci�n de una demanda sobre divisi�n de bienes por Naida Santiago Blanco (la se�ora Santiago). Aleg� que el r�gimen econ�mico existente durante su matrimonio con el se�or M�ndez fue el de la sociedad de bienes gananciales y que los haberes de la comunidad se encontraban bajo el control de �ste. Se�al�
que mientras estuvieron casados, el se�or M�ndez efect�o una serie de retiros bancarios y gastos excesivos en perjuicio a la comunidad y sin el consentimiento de �sta. Por lo que, le solicit� al foro de instancia que: (1) emitiera una orden protectora manteniendo congeladas todas las cuentas a nombre del se�or M�ndez y pertenecientes a la comunidad de bienes hasta la divisi�n de �sta; (2) ordenara al se�or M�ndez permitirle a esta ejercer la administraci�n de todos los bienes y; (3) procediera con la divisi�n de la comunidad de bienes existente entre las partes.
Posteriormente, el se�or M�ndez present� su contestaci�n a la demanda. En la misma, sostuvo que la sentencia de divorcio hab�a sido emitida el 13 de marzo de 2013 y que en virtud de una orden emitida el 2 de octubre de 2012 por el TPI de San Juan, se congelaron todas las cuentas gananciales, por lo que, no ejerce su rol de co-administrador ni ning�n control sobre las mismas. Insisti� que las cuentas de retiro privativas del se�or M�ndez no eran parte de la divisi�n de bienes ya que las mismas fueron producto de la aportaci�n exclusiva de su patrono ����Triple SSS, no recibieron aportaci�n ganancial alguna, y el derecho de retiro fue liquidado mediante un pago...
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