Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Octubre de 2015, número de resolución KLAN201500939

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500939
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2015

LEXTA20151028-005-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

LUZ DEL SOCORRO ROSADO ROSA
Apelante
v.
MUNICIPIO DE CATA�O; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; COMPA��AS DE CONSTRUCCI�N o CONTRATISTAS A, B y C; MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY; COMPA��AS ASEGURADORAS A, B y C
Apelados
KLAN201500939
APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Civil N�m.: D DP2014-0715 Sobre: Da�os y perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Jim�nez Vel�zquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de octubre de 2015.

����������� La se�ora Luz Del Socorro Rosado Rosa (Rosado) compareci� ante nos mediante el presente recurso apelativo y solicit� la revocaci�n de la Sentencia emitida el 30 de abril de 2015, y notificada el 4 de mayo de 2015.

Mediante el referido dictamen, el foro sentenciador desestim� la Demanda instada por la se�ora Rosado contra el Municipio de Cata�o (Municipio) y su aseguradora, Mapfre Praico Insurance Company (Mapfre)

����������� Por los fundamentos que exponemos a continuaci�n, revocamos la Sentencia apelada.

I

El 10 de septiembre de 2014, la se�ora Rosado present� una Demanda sobre da�os y perjuicios contra el Municipio de Cata�o; el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; las Compa��as de Construcci�n o Contratistas A, B y C; Mapfre Praico Insurance Company, como compa��a asegurada del Municipio de Cata�o al momento de los hechos que motivaron la reclamaci�n; y las Compa��as Aseguradoras A, B y C.

En esencia, la se�ora Rosado reclam� los da�os presuntamente sufridos a consecuencia de una ca�da ocurrida en la ma�ana del 17 de enero de 2014, mientras caminaba por la Calle Cucharilla en el Barrio Palmas en Cata�o. Adujo que evit� caminar por la acera porque �estaba peligrosa�, y que cay� en un hoyo, lo que le provoc� una fractura en el pie izquierdo.�

Seg�n la demandante, la �nica y exclusiva raz�n de su ca�da fue la negligencia de los codemandados, el Municipio de Cata�o y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, al no tomar las debidas precauciones, y mantener la acera en condiciones peligrosas, sin ning�n tipo de aviso al respecto. La se�ora Rosado estim� sus da�os en m�s de $60,000. Sostuvo la responsabilidad solidaria de las Compa��as de Construcci�n o Contratistas A, B y C por haber realizado trabajos y dejar el lugar en las condiciones peligrosas, que dieron lugar a sus da�os.

As� las cosas, el Municipio y Mapfre contestaron la Demanda. Al as� hacerlo, negaron unos hechos, aceptaron otros, y alegaron como defensas afirmativas que la demanda no expon�a una reclamaci�n que ameritara un remedio; prescripci�n; que no respond�an por los da�os reclamados; la negligencia de la se�ora Rosado; y que el lugar no presentaba elementos de peligrosidad, entre otras.�

Por su parte, el Estado solicit� la desestimaci�n de la reclamaci�n en su contra, a lo cual la se�ora Rosado se allan�. El 14 de enero de 2015, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n, emiti� Sentencia parcial, en la que decret� el archivo, con perjuicio, de la Demanda, en cuanto al Estado, conforme a la Regla 42.3 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V.�

En virtud de la moci�n suscrita el 23 de enero de 2015, el Municipio y Mapfre solicitaron tambi�n la desestimaci�n de la Demanda en su contra. Adujeron que la carta certificada con acuse de recibo 7012 2920 0001 0685 3213, enviada el 30 de abril de 2014, no cumpli� con el t�rmino de noventa (90) d�as para la notificaci�n al Municipio que exige el Art...

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