Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Octubre de 2015, número de resolución KLCE201501215

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201501215
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2015

LEXTA20151029-011-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS-HUMACAO

PANEL X

OLGA M. RODR�GUEZ ROSADO Y OTROS
Peticionarios
V.
SYNTEX (F.P.), INC. Y
SYNTEX PUERTO RICO, INC.
Recurrido
KLCE201501215
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Humacao Caso N�m.: HPE1996-0087 Consol. con HPE1999-0149 Sobre: RECLAMACI�N DE SALARIOS

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Mart�; la Jueza Lebr�n Nieves y la Jueza Brignoni M�rtir

Lebr�n Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de octubre de 2015.

La parte peticionaria, Olaff E. y Jos� A., ambos de apellido Carrasquillo Soto, herederos y partes sustitutas de la parte co-demandante fallecida Doris Soto Burgos, comparece ante nos y solicita nuestra intervenci�n, a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, el 1 de julio de 2015, debidamente notificado a las partes el 3 de julio de 2015.� Mediante la aludida determinaci�n, el foro primario orden� a la parte peticionaria presentar dentro de un t�rmino de treinta (30) d�as una Certificaci�n Negativa de Gravamen de Caudal Relicto de la se�ora Doris Soto Burgos.���

����������� Por los fundamentos expuestos a continuaci�n, expedimos el presente recurso de certiorari y revocamos la Resoluci�n recurrida.�

I

����������� El 21 de agosto de 1996, la se�ora Olga M. Rodr�guez Rosado y otros, por s�, y en representaci�n de otros quinientos (500) miembros de la clase, presentaron una Demanda, posteriormente enmendada, sobre reclamaci�n de salarios en contra de su patrono Syntex (F.P.), Inc. y Syntex Puerto Rico, Inc., parte recurrida.� Reclamaron, entre otras, salarios por horas trabajadas durante el per�odo para tomar alimentos y durante el s�ptimo (7mo) d�a de descanso; por vacaciones no disfrutadas, seg�n decreto mandatorio y no pagadas a tiempo adicional; por bono de Navidad insuficiente; y por no acreditarse cr�ditos por ingreso adicional al plan de pensi�n por retiro y parearse por el patrono al plan de ahorros.� Estimaron el total adeudado para todos los miembros de la clase en la suma principal de dieciocho (18) millones de d�lares ($18,000,000).� Adem�s, solicitaron que se les reconociera el derecho a una suma igual por concepto de penalidad estatutaria, la concesi�n de las costas del pleito, as� como la imposici�n de honorarios de abogado a la parte recurrida.�����

����������� Luego de varias incidencias procesales no pertinentes para adjudicar la causa que nos ocupa, el 13 de febrero de 2009, la parte peticionaria present� una Moci�n en Solicitud de Sustituci�n de Parte de la Co-Demandante Doris Soto Burgos.� Informaron al Tribunal que el 22 de enero de 2009 se les hab�a declarado �nicos y universales herederos de su madre, la co-demandante Doris Soto Burgos, quien falleci� el 10 de diciembre de 2008, y solicitaron se ordenara la correspondiente sustituci�n de parte.� A la referida moci�n se anej� copia de la Resoluci�n Sobre Declaratoria de Herederos.� El 27 de septiembre de 2010, el Tribunal autoriz� la sustituci�n peticionada.�

As� las cosas, el 1 de junio de 2015, setenta y cinco (75) de los co-demandantes, entre ellos, la parte peticionaria, presentaron una Moci�n Conjunta Solicitando el Desistimiento con Perjuicio por Transacci�n.�

Informaron al Tribunal...

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