Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Noviembre de 2015, número de resolución KLAN201501269
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201501269 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2015 |
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Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa
Steidel Figueroa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de noviembre de 2015.
Glenda Méndez Suárez, por sí y en representación de su hijo Guarionex D. Villarubia Méndez, nos solicita mediante apelación que revoquemos una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada [en adelante, “TPI”], que desestimó sin perjuicio una demanda de impugnación de testamento que había instado. Tras considerar los argumentos de las partes, MODIFICAMOS
y CONFIRMAMOS el dictamen apelado.
Doña Amalia Cruz Cardona [en adelante, “doña Amalia”] procreó tres hijos de nombres Carmen Noelia, Sonia Teresa y José Manuel, todos de apellidos Villarubia Cruz. Al momento de su muerte, el 24 de mayo de 2008, le sobrevivían solo sus dos hijas, pues José Manuel había fallecido intestado aproximadamente 5 años antes. Doña Amalia otorgó un testamento abierto en el que instituyó como herederos a sus dos hijas y, en representación de José
Manuel, a su nieto Guarionex D. Villarubia Méndez, quien es hijo de José
Manuel, y a José Roberto Bazín-Villarubia, a quien la causante también identificó como nieto suyo e hijo de José Manuel. José Roberto actualmente reside en el estado de Arkansas. No obstante, nació en Louisiana el 16 de julio de 1983 en donde fue inscrito como hijo de José Manuel y de Margot R. Bazín.
Inconforme con la designación hereditaria, Glenda Méndez Suárez, en representación de su hijo Guarionex —quien para ese entonces era menor de edad—
instó el 9 de junio de 2009 en el TPI una demanda de impugnación de testamento y división de bienes hereditarios. Manifestó estar en desacuerdo en que José
Roberto fuera instituido por Doña Amalia como heredero universal de sus bienes en el tercio de legítima estricta y de mejora. Cuestionó la afirmación de que José Roberto fuera hijo de José Manuel, y consecuentemente nieto de Doña Amalia, y alegó que el único hijo que tuvo José Manuel fue el que concibió con la demandante Méndez Suárez, el joven Guarionex D. Villarubia Méndez.
Luego de varias incidencias procesales, el TPI celebró el 13 de marzo de 2015 una vista en la que dispuso que Méndez Suárez debía impugnar la filiación cuestionada en el estado en donde José Roberto nació y fue inscrito como hijo de José Manuel y Margot R. Bazín. Así pues, concedió a los demandantes 60 días para que acreditaran las gestiones que habían realizado para impugnar la filiación en Louisiana. No surge del expediente que cumplieran con lo...
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