Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2015, número de resolución KLCE201501799

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201501799
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2015

LEXTA20151218-051-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

ROCHELLE M. SIERRA DÍAZ
Recurrida
v.
SCOTIABANK DE PUERTO RICO Y SUS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS ABC Y FULANO DE TAL, ASÍ DENOMINADO POR DESCONOCERSE SU VERDADERO NOMBRE Y SU COMPAÑÍA ASEGURADORA DEF, ASÍ DENOMINADO POR DESCONOCERSE SU VERDADERO NOMBRE Peticionaria
KLCE201501799
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm: K DP2014-0865 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Soroeta Kodesh

Soroeta Kodesh, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2015.

Mediante un recurso de certiorari presentado el 23 de noviembre de 2015, comparece Scotiabank de Puerto Rico (en adelante, Scotiabank). Nos solicita que revoquemos una Resolución dictada el 15 de septiembre de 2015 y notificada el 18 de septiembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI), Sala de San Juan. Por medio del dictamen recurrido, el TPI denegó una solicitud de desestimación instada por Scotiabank. Con posterioridad, el 22 de octubre de 2015, notificada el 27 de octubre de 2015, el foro primario emitió una Resolución en la cual denegó una Moción de Reconsideración Por Error de Derecho interpuesta por Scotiabank.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.

I.

De acuerdo al expediente ante nuestra consideración, el 13 de agosto de 2014, la Sra. Rochelle M. Sierra Díaz (en adelante, la recurrida o la señora Sierra Díaz) incoó una Demanda sobre daños y perjuicios, daños contractuales, nulidad, acción reinvindicatoria, cobro de frutos y embargo ilegal en contra de Scotiabank. Alegó que el 24 de agosto de 2007, adquirió un préstamo hipotecario con

Scotiabank por la suma de $125,000.00 para adquirir su residencia principal.1

La señora Sierra Díaz adujo que la hipoteca de su casa fue ejecutada el 1 de marzo de 2013 en el caso civil ECD-2010-1723 (401). A raíz de la epilepsia que le fuera diagnosticada, la recurrida solicitó el beneficio de seguro social por incapacidad que le fue concedido. En consecuencia, en julio de 2013, la señora Sierra Diaz recibió un pago retroactivo de seguro social por la cantidad de $17,121.00. Afirmó que dicho pago retroactivo fue depositado el 11 de julio de 2013 en su cuenta de Scotiabank #908-000108672.

Añadió que de este dinero, la cantidad de $15,710.26 fue transferida el 22 de julio de 2013, a la cuenta #908-000032880 de la recurrida en Scotiabank.

En la Demanda de epígrafe, la señora Sierra Díaz aseveró que el 15 de agosto de 2013, Scotiabank retiró ilegalmente la cuantía de $11,825.15, de la cuenta #908-000032880 para el pago de una supuesta deuda por concepto del préstamo hipotecario antes mencionado. La señora Sierra Diaz requirió a Scotiabank la devolución del dinero que alega fue retirado ilegalmente mediante una carta de 15 de noviembre de 2013. Por su parte, Scotiabank se rehusó a devolver el dinero por conducto de una carta de 25 de noviembre de 2013. Por consiguiente, la recurrida reclamó la devolución de la cantidad de $11,825.15 que alegó fueron retirados ilegalmente de su cuenta en Scotiabank y la suma de $20,000.00 por los daños y angustias mentales sufridos.

Mediante una Orden dictada el 19 de agosto de 2014, notificada el 20 de agosto de 2014, el foro de instancia ordenó a la señora Sierra Díaz informar en que se basaba la causa de acción de daños contractuales contenida en la presente Demanda. En cumplimiento con lo ordenado, el 2 de septiembre de 2014, la recurrida presentó una Moción en Cumplimiento de Orden en la que indicó que los actos de Scotiabank, además de configurar otras causas de acción, constituían una violación al acuerdo de cuenta entre la señora Sierra Díaz y Scotiabank. Explicó que la recurrida contaba con dos (2) cuentas en Scotiabank y que Scotiabank retiró ilegalmente fondos protegidos que estaban depositados en una de esas cuentas. En una Orden dictada el 9 de septiembre de 2014, notificada el 16 de septiembre de 2014, el tribunal de instancia dio por...

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