Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Diciembre de 2015, número de resolución KLCE2015-01909

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE2015-01909
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2015

LEXTA20151222-002-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA

PANEL VIII

Santos A. Pabón Martínez
RECURRIDO
v.
Teniente Juan R. Flores Dasta y Otros
PETICIONARIOS
KLCE2015-01909
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Ponce Caso Núm.: J DP2015-0240 (605) Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y el Juez Sánchez Ramos.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de diciembre de 2015.

-I-

El recurrido está confinado en una institución carcelaria en Ponce, en cumplimiento de una sentencia criminal, bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

El recurrido expone que, el 27 de abril de 2014, fue objeto de una golpiza por parte de varios confinados, cuando el agente de Corrección Héctor Cintrón abrió el portón de su celda. Según el recurrido, a él se le había asignado custodia protectiva, pero los oficiales de la agencia no lo enviaron a donde correspondía. El recurrido alega que el teniente Juan Flores Dasta encubrió lo sucedido, al igual que la Sra. Rosa Santiago Massol.

El 26 de noviembre de 2014, el recurrido instó por derecho propio una demanda por daños y perjuicios ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce contra el teniente Flores Dasta, el agente Cintrón Torruella y la Sra. Santiago Massol solicitando compensación por sus daños, caso JAC2014-0691.

El recurrido posteriormente desistió de esta acción, sin perjuicio.

El 22 de abril de 2015, el Tribunal de Primera Instancia emitió la correspondiente sentencia.

El 15 de mayo de 2015, el peticionario instó la demanda de autos ante la Sala de Ponce del Tribunal de Primera Instancia contra, entre otros, los tres demandados originales. En esta ocasión también se incluyó como codemandado al oficial Carlos Toro Colomé, quien no había sido incluido en el pleito inicial. La reclamación contra demandados fue formulada en el carácter personal de éstos. Se solicitó compensación por los daños provocados al recurrido.1

Los oficiales demandados comparecieron al Tribunal de Primera Instancia y solicitaron la desestimación de la demanda, alegando que ellos no respondían en su carácter personal por sus actuaciones en calidad de empleados públicos. El codemandado Toro Colomé también alegó que la reclamación en su contra estaba prescrita, por haber transcurrido el término...

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