Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Enero de 2016, número de resolución KLAN201501413

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501413
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Enero de 2016

LEXTA20160127-002 Cortes Irizarry v. ELA de PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL CAROLINA-FAJARDO

PANEL IX

CARLOS CORTÉS IRIZARRY, AIDA LUZ MARTÍNEZ ORSINI, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Apelada
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN, COMPAÑÍA EFG; SEGUROS ABC Apelante
KLAN201501413
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil. Núm. FPD2011-0301 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, el Juez Flores García y el Juez Bonilla Ortiz.

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de enero de 2016.

El 11 de septiembre de 2015, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante, el ELA), presentó escrito de apelación en que solicita la revisión de una sentencia parcial dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina. Por los fundamentos que se exponen a continuación, procede DESESTIMAR el escrito de apelación.

I.

Los apelados, Carlos Cortés Irizarry y su esposa Aida Luz Martínez Orsini, presentaron una demanda en daños y perjuicios contra la Autoridad de Carreteras y Transportación (en adelante “ACT”) y su aseguradora, así como contra el Estado Libre Asociado. En la demanda, los apelados imputaron responsabilidad a los codemandados por un accidente acaecido en el expreso Baldorioty de Castro. La pareja viajaba en una motora que se deslizó al pasarle por encima a unas placas de metal mojadas. Como consecuencia, ambos cayeron al pavimento y sufrieron daños físicos en distintas partes del cuerpo.

Luego de trámites procesales, los apelados llegaron a un acuerdo privado de transacción con la Autoridad de Carreteras y Transporte (ACT). De forma conjunta, el 23 de abril de 2015, los demandantes y ACT solicitaron desistir de la acción contra ACT. El acuerdo fue acogido por el Tribunal de Primera Instancia el 29 de abril de 2015. El foro primario dictó sentencia parcial y decretó el desistimiento con perjuicio de la causa de acción contra la ACT y su aseguradora. El foro primario además adoptó e hizo formar parte integral de la sentencia parcial “los términos y condiciones contenidos en el documento suscrito por las partes.” El apelante no acudió a oponerse al desistimiento o a solicitar copia del acuerdo de transacción antes que el tribunal notificara la referida sentencia parcial, el 1 de mayo de 2015.

El 14 de mayo de 2015, el ELA presentó Moción de Reconsideración. La referida moción fue declarada no ha lugar mediante orden emitida el 9 de julio de 2015 y archivada en autos el 14 de julio de 2015. De esta determinación es de la que recurre la parte apelante.

El ELA fundamentó su moción de reconsideración en que le es indispensable tener acceso al...

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