Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2016, número de resolución KLAN201501002

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501002
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Enero de 2016

LEXTA20160129-004 Lopez v. Airborne Security

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL ESPECIAL

ISOLINA LÓPEZ; ÁNGEL LUIS ORTIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandante-Apelante
v.
AIRBORNE SECURITY SERVICES, INC.
Demandado-Apelado
KLAN201501002 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm.: K CD2014-1183 (503) Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y la Jueza Cortés González1.

Cortés González, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2016.

Comparece ante nos la Sra. Isolina López, el Sr. Ángel Luis Ortiz y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (en adelante, la parte apelante) y solicita la revocación de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (en adelante TPI) en el caso Civil Núm.

K CD2014-1183. Mediante la Sentencia emitida el 26 de mayo de 2015 y notificada el 1 de junio de 2015, el TPI declaró con lugar la solicitud de sentencia sumaria interpuesta por Airborne Security Services, Inc. (en adelante, la parte apelada o Airborne). En consecuencia, desestimó la Demanda de epígrafe.

I.

El 27 de mayo de 2014 la Sra. Isolina López instó una demanda sobre cobro de dinero, por sí y en representación del Sr. Ángel Luis Ortiz Ortiz y de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. Según surge de la demanda la Sra. Isolina López compareció en representación de su esposo Ángel Luis Ortiz Ortiz, mediante Poder Especial otorgado el 23 de enero de 2012 y protocolizado el 28 de mayo de 2013. Alegó que la parte apelada suscribió un pagaré por la suma de $800,000.00 por concepto de una línea de crédito a favor de la “parte demandante”, otorgado el 16 de julio de 2007. Expuso, además, que el demandante “es tenedor de buena fe del Pagaré, habiéndolo adquirido por valor recibido y por endoso en el curso ordinario de los negocios”. Al suscribir el Pagaré, Airborne, estuvo representada por su Presidente, el Sr.

Ángel Luis Ortiz Acevedo, hijo del co-demandante, aquí parte apelante. La parte apelante reclamó el pago de los $800,000 de principal e intereses, costas y honorarios de abogado pactados.

Luego de una solicitud de prórroga para comparecer, la cual fue concedida por el TPI, el 21 de agosto de 2014, la parte apelada solicitó que se dictara sentencia sumaria y alegó que la Sra. Isolina López está impedida de comparecer en representación de su esposo para reclamar la deuda garantizada con el referido pagaré, en vista de que éste fue declarado incapaz en virtud de Sentencia del Estado de Florida mediante la cual se nombró una tutora para la administración de sus bienes. En apoyo a su solicitud, Airborne acompañó copia de los siguientes documentos:

(1) Pagaré suscrito por Airborne a la orden del Sr.

Ángel Luis Ortiz Ortiz;

(2) documento titulado “Join Stipulation As to Entry of Order On Petition for Appointment Of Plenary Guardian Of The Person And Property Of Antonio L. Ortiz And Couter-Petition For Appointment Of Plenary Guardian Of Isolina Lopez a/k/a Isolina Ortiz” presentado en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case # 05-2012-GA-062350-XXXX-XX, en el cual constan acuerdos relacionados con el nombramiento de la tutora Catherine F. Rowlands, con relación a la administración de los bienes del Sr.

Angel Luis Ortiz;

(3) documento titulado “Order on Joint Stipulation As To Entry of Order On Petition For Appointment Of Plenary Guardian Of The Person And Property Of Antonio L. Ortiz And Counter-Petition For Appointment Of Plenary Guardian Of Isolina Lopez a/k/a Isolina Ortiz” presentado en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case # 05-2012-GA-062350-XXXX-XX; en el cual se aprobaron los referidos acuerdos;

(4) copia certificada del documento titulado “Order Determining Total Incapacity” emitida en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case # 05-2012-GA-062350-XXXX-XX, declarando legalmente incapaz al Sr. Angel Luis Ortiz;

(5) copia certificada del documento titulado “Order Appointing Plenary Guardian of Property”, emitida en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case # 05-2012-GA-062350-XXXX-XX, designando a la Sra. Catherine F. Rowlands como tutora para fines de la administración de los bienes de Angel Luis Ortiz;

(6) copia certificada del documento titulado “Order Appointing Plenary Guardian of Person”, emitida en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case # 05-2012-GA-062350-XXXX-XX, designando a la demandante como tutora para fines del cuidado de la persona del incapaz Angel Luis Ortiz;

(7) copia certificada del documento titulado “Letters of Plenary Guardianship Of The Property” expedidas a favor de la Sra. Catherine F. Rowlands, en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case #

05-2012-GA-062350-XXXX-XX. (8) Copia certificada del documento titulado “Letters of Plenary Guardianship Of The Person” expedidas a favor de la Sra. Isolina Lopez a/k/a Isolina Ortiz, en el caso In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case # 05-2012-GA-062350-XXXX-XX, y

(9) Declaración Jurada suscrita por el Sr. Ángel Luis Ortiz Acevedo, acreditando que su hermano Antonio Luis Ortiz Acevedo instó la acción legal In RE: Guardianship of Angel Luis Ortiz, Case #

05-2012-GA-062350-XXXX-XX, en la cual solicitó el nombramiento de un tutor para la administración de los bienes de su padre Angel Luis Ortiz, y que en el mismo se nombró tutora de sus bienes a la Sra. Catherine F. Rowlands.

La parte apelante presentó su Oposición a la sentencia sumaria en la que, en síntesis, alegó que la Sra.

Isolina López tiene legitimación activa para incoar la demanda de cobro de dinero por el préstamo de $800,000.00 que hiciera su esposo a la Compañía de su hijo, Angel Luis Ortiz Acevedo, con dinero que se presume ganancial y que la Sra. Isolina López solicita remedio para reclamar un crédito perteneciente a la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ésta y su esposo.

Posteriormente, la parte apelada presentó una Réplica a la Oposición a sentencia sumaria y una Moción en la que solicitó que se pospusiera la determinación sobre la solicitud de sentencia sumaria hasta tanto se diera entera fe y crédito a los decretos judiciales de Florida o que se tomara conocimiento judicial de los mismos a tenor con la Regla 201 (B) y (C) de Evidencia. La parte apelada replicó a esta última moción.

El 26 de mayo de 2015 el TPI acogió la solicitud de sentencia sumaria presentada por la parte apelada y emitió

Sentencia en la que determinó que la Sra. Isolina López carece de facultad para administrar y disponer de los bienes pertenecientes a su esposo incapacitado por decreto judicial y que también dicha facultad le fue concedida a la tutora Catherine F. Rowlands. Por tanto, desestimó la demanda.

Inconforme, la parte apelante comparece ante nos y alega que el foro primario cometió los siguientes errores:

ERRÓ EL TPI AL RESOLVER LA RECLAMACIÓN DE COBRO DE DINERO MEDIANTE EL REMEDIO EXTRAORDINARIO DE SENTENCIA SUMARIA, HABIENDO HECHOS MATERIALES EN CONTROVERSIA Y SIN TOMAR COMO CIERTOS LOS HECHOS BIEN ALEGADOS EN LA DEMANDA.

ERRÓ EL TPI AL UTILIZAR HECHOS CONTENIDOS EN UNA SENTENCIA EXTRANJERA QUE NO HA SIDO VALIDADA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO EXECUATUR EN NUESTRA JURISDICCIÓN Y DETERMINAR QUE LA DEMANDANTE ESTÁ IMPEDIDA DE ADMINISTRAR Y DISPONER DE LOS BIENES PERTENECIENTES A SU ESPOSO, A ELLA Y/O A LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Y POR ENDE...

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