Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2016, número de resolución KLAN201501601

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501601
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Enero de 2016

LEXTA20160129-011 Pabón Reyes v. South American Restaurant

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ - AGUADILLA

PANEL XI

PEDRO PABÓN REYES
Apelado
v.
SOUTH AMERICAN RESTAURANTS, CORP. H/N/C CHURCH’S CHICKEN
Apelante
KLAN201501601
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Cabo Rojo Civil Núm.: I4CI201400022 Sobre: Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961 (Procedimiento Sumario)

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 29 de enero de 2016.

Comparece South American Restaurants Corp., h/n/c Sarco Chicken, en adelante SARCO o el apelante, y solicita que revoquemos una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Cabo Rojo, en adelante TPI, mediante la cual, se declaró ha lugar una reclamación de despido injustificado.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la Sentencia apelada.

-I-

El 21 de enero de 2014 el señor Pabón presentó una querella por despido injustificado contra la apelante a tramitarse conforme al procedimiento sumario establecido en la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961.1

Luego de contestar la querella,2 SARCO presentó una Solicitud de Sentencia Sumaria.3

Por su parte, el apelado presentó Réplica a Moción Solicitando Sentencia Sumaria y Solicitud de Sentencia Sumaria a Favor de Demandante4 a la que se opuso el apelante.5

El TPI declaró sin lugar la solicitud de sentencia sumaria de SARCO, pero encontró probados los siguientes hechos:6

  1. SARCO opera en Puerto Rico la cadena de restaurantes de comida rápida Church’s cuyo producto principal es el pollo.

  2. El servicio al cliente es un criterio medular, sino el más importante, para la Compañía.

  3. Un mal servicio al cliente daña la imagen y la reputación de la Compañía.

  4. Pabón comenzó a trabajar en SARCO el 7 de noviembre de 1997.

  5. Al momento de su contratación, Pabón recibió el Manual de Empleados de la Compañía.

  6. Pabón fue contratado como Asistente de Gerente y luego fue ascendido a Gerente.

  7. Como Asistente de Gerente, Pabón tenía el deber de velar y cumplir con las normas operacionales de la Compañía.

  8. Como Gerente, además de cumplir con las normas operacionales de la Compañía, Pabón tenía bajo su supervisión a varios gerenciales.

  9. El deber de un gerencial es fomentar que haya una ambiente de trabajo adecuado y fomentar el trabajo en equipo.

  10. Como parte de sus funciones Pabón tenía que conocer cabalmente las normas operacionales de la Compañía.

  11. Las funciones de Pabón se regían por lo establecido en el Manual de Gerenciales de la Compañía.

  12. Como Gerente, Pabón tenía “como deber principal el manejo eficiente de su restaurante”.

  13. Además, Pabón tenía el deber de “cumplir con todas las normas de la Compañía… y vigilar que los empleados cumpl[ieran] las obligaciones contraídas con ésta”.

  14. Específicamente, Pabón tenía el deber de proveer un “servicio eficiente y de calidad hacia el cliente” y “familiarizarse y familiarizar a los empleados con todas las políticas y los procedimientos de la Compañía y velar por el cumplimiento de éstas”.

  15. El supervisor del querellante por los últimos diez (10) años hasta la fecha de su despido fue el Sr. Julio Ramos (en adelante “Ramos”).

  16. Ramos es una persona seria y veraz.

  17. El Manual de Empleados establece unas normas generales y varias políticas, incluyendo unas normas de disciplina.

  18. La Compañía tiene una norma que vela por el trato adecuado a los clientes.

  19. El Manual de Empleados establece también una norma que prohíbe la falta de interés en el desempeño de las responsabilidades asignadas y negligencia en el trabajo u ociosidad.

  20. Asimismo, el Manual del Empleados establece una norma que prohíbe la insubordinación, las faltas de respeto o desobedecer las órdenes o instrucciones impartidas por los supriores.

  21. Las normas establecidas en el Manual de Empleados son razonables y necesarias para que la operación de SARCO fluya adecuadamente.

  22. El restaurante de Hormigueros en el que trabajaba Pabón tenía un horario de servicio de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.

  23. Los turnos de trabajo en el restaurante de Hormigueros eran de 5:30 a.m. a 10:00 p.m.

  24. Los empleados se quedan una hora adicional luego...

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