Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2016, número de resolución KLAN201501927

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501927
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Enero de 2016

LEXTA20160129-017 EMI Equity Mortgage v. Newton Sepulveda

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS-HUMACAO

PANEL X

EMI EQUITY MORTGAGE Apelado
v.
DAVID NEWTON SEPÚLVEDA Apelante
KLAN201501927
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo Civil. Núm.: E2CI201400905 Sobre: Ejecución de Hipoteca

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Martí, la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2016.

Compareció, por derecho propio, el Sr. David Newton Sepúlveda el 14 de diciembre de 2015 mediante recurso de apelación titulado “Naturaleza Apelación Civil”, escrito que acompañó con una Moción en Auxilio de Jurisdicción igualmente fechada.

Solicitó el Sr. Newton Sepúlveda que paralizáramos los procedimientos en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo, donde se había ejecutado la hipoteca que gravaba una casa de su propiedad, y el tribunal apelado acababa de subastar la propiedad mediante Acta de Segunda Subasta el 9 de diciembre de 2015. Alegó el apelante que no fue notificado ni de la orden del tribunal en la que declaró nula la primera subasta, ni de la fecha en la que se llevaría a cabo la segunda subasta. Debido a ello, solicitó que declarásemos nula la segunda subasta.

I

Veamos los hechos procesales. El 1 de agosto de 2015 el tribunal apelado había declarado con lugar la demanda de ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, presentada por E.M. I. Equity Mortgage contra David Newton Sepúlveda y notificó que la subasta se llevaría a cabo el 2 de diciembre de 2015.

El 23 de noviembre el Sr. Newton Sepúlveda presentó una moción urgente en la que solicitaba la paralización de la subasta, según expresado por él, por razón de la existencia de conversaciones para llevar a cabo un “short sale”.

El 2 de diciembre de 2015, fecha para la cual estaba pautada la subasta, el tribunal apelado atendió la moción de paralización del Sr. Newton Sepúlveda y el Hon. Francisco J. Oquendo Solís escribió, de su puño y letra, al dorso de dicha moción, lo siguiente:

Con lugar. Se ordena la paralización de la subasta del 2 de diciembre de 2015.

Firma

2 de diciembre de 2015

9:20 am

No notificar. Se reconsidera a orden transcrita

.

Subsiguientemente, en esa misma fecha se transcribió la siguiente orden, que fue notificada el 3 de diciembre de 2015:

Vista la Moción Urgente Solicitando Paralización de Subasta por short sale, presentada ante este tribunal el 23 de noviembre de 2015, el tribunal dicta lo siguiente:

Orden

El tribunal reconsidera motu proprio y declara desierta la subasta a todos los fines de la primera fecha de subasta.

Notifíquese.

En San Lorenzo, Puerto Rico, a 2 de diciembre de 2015

Firmada

Juez Superior

También el 2 de diciembre de 2015, E.M.I. Equity Mortgage...

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