Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Febrero de 2016, número de resolución KLRA201501351

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201501351
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2016

LEXTA20160210-015 Galarza Cintron v. ELA

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ - AGUADILLA

PANEL XI

WILFREDO GALARZA CINTRÓN
Recurrente
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
KLRA201501351
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Remedio Adm. Núm.: PA-27-15

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de febrero de 2016.

Comparece el Sr.

Wilfredo Galarza Cintrón, en adelante el señor Galarza o el recurrente, y solicita que revoquemos una Resolución emitida por la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación, en adelante Corrección o el recurrido, mediante la cual se le notificó que su solicitud de traslado a otra institución penal estaba en agenda para fines de evaluación.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso por falta de jurisdicción, por académico.

-I-

Según surge del expediente, el 2 de septiembre de 2015 el señor Galarza presentó una Solicitud de Remedio Administrativo en la que peticionó a Corrección que lo trasladaran para la Institución Penal Bayamón 501.1

Oportunamente, la Técnico de Servicios Sociopenales emitió una Respuesta del Área Concernida/Superintendente en la que orientó al peticionario sobre el proceso de traslado, la documentación requerida y le informó además, que lo habían citado para entrevista de seguimiento.2

Insatisfecho, el 15 de octubre de 2015, el señor Galarza, por derecho propio, presentó una Moción Solicitando Petición de Traslado en la que reiteró su petición de traslado a la Institución Penal Bayamón 501.

Mientras estaba presente el recurso de epígrafe, el 15 de diciembre de 2014 el recurrente fue trasladado a la Institución Bayamón 501.3

Revisados los escritos de las partes, la copia certificada del expediente administrativo y los documentos que obran en autos, estamos en posición de resolver.

-II-

La jurisdicción, fuente principal de la autoridad de los tribunales para interpretar y hacer cumplir las leyes, está regulada por la aplicación de diversas doctrinas que dan lugar al principio de la justiciabilidad, a saber: la legitimación activa, la academicidad y la cuestión política.

Como corolario...

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