Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Febrero de 2016, número de resolución KLRA201501292

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201501292
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016

LEXTA20160223-026 Physician HMO v. Comité Evaluador de Solicitudes y Propuestas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal De Apelaciones

Región Judicial De San Juan

Panel III

Physician HMO t/c/c Ges Physician HMO
Recurrente
v.
Comité Evaluador de Solicitudes de Propuestas y compras especiales de Hurra Professional Medical Emergency Inc.
Recurrido
KLRA201501292
Revisión Judicial
procedente del Departamento de Salud
Caso núm.:
2009-10-1603
Sobre:
Impugnación de adjudicación de buena pro en procedimiento de solicitud de propuestas (RFP)

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Steidel Figueroa, Juez Ponente

Sentencia

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de febrero de 2016.

El 18 de noviembre de 2015 Physician HMO presentó el recurso de revisión judicial de epígrafe para impugnar la adjudicación de una subasta mediante el mecanismo de solicitud de propuesta por parte del Comité

Evaluador de Solicitudes y Procesos de “Request for Proposals” (RFP), Subasta Formal y Compras Especiales del Hospital Universitario Ramón Ruíz Arnau. La determinación impugnada fue emitida el 15 de octubre de 2015 y notificada el siguiente día 19. No conforme la adjudicación, el 29 de octubre de 2015 Physician HMO solicitó reconsideración, la cual presuntamente no fue atendida por la agencia. De esta forma, acogimos el recurso y encauzamos el trámite apelativo al requerir la comparecencia de la parte recurrida.

En cumplimiento con nuestra orden, el 16 de febrero de 2016 el Departamento de Salud compareció ante este foro por conducto de la Oficina de la Procuradora General. Nos solicita la desestimación del recurso de epígrafe por falta de jurisdicción debido al defecto de la prematuridad. Esto porque la solicitud de reconsideración fue acogida oportunamente y todavía está pendiente de resolución ante la agencia recurrida. Tiene razón.

Para disponer de la controversia jurisdiccional que nos ocupa, no es necesario detallar las incidencias procesales ocurridas en el foro administrativo y relacionadas al trámite de la adjudicación de las solicitudes de propuestas. Lo importante es conocer que el 15 de octubre de 2015 el Comité

Evaluador emitió y notificó una resolución en la cual informó a la parte recurrente que la compañía seleccionada para la administración y prestación de servicios médicos en la sala de emergencia fue Professional Medical Emergency, Inc...

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