Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Febrero de 2016, número de resolución KLCE201501010
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201501010 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Febrero de 2016 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil número: D BCM2015-0285 Sobre: Cobro de Dinero Regla 60 |
Panel integrado por su presidente, el juez Piñero González, y las juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.
Birriel Cardona, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de febrero de 2016.
Comparece el señor Ángel D. Maldonado Mora (señor Maldonado o peticionario) mediante el auto de certiorari de título presentado el 21 de julio de 2015. Solicita que se expida el auto y se revoque la Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), el 13 de julio de 2015, notificada el 16 del mismo mes y año. Mediante dicho dictamen se declara No Ha Lugar la Moción Solicitando Desestimación de la Demanda presentada por el peticionario el 9 de julio de 2015.
Por los fundamentos que exponemos a continuación, denegamos la expedición el auto de certiorari solicitado.
El 11 de junio de 2015 Operating Partners Co., LLC., como agente de Midland Funding, LLC. (Operating Partners o parte recurrida), presenta Demanda de Cobro de Dinero bajo la Regla 60 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 60, en contra del señor Maldonado. En síntesis, alega que el peticionario firmó un contrato de préstamo, financiamiento, venta por menor a plazo, tarjeta de crédito u otra clase de financiamiento por consumo con Ford Motor Credit y dejó de pagarlo. Plantea que Ford Motor Credit debidamente le asignó y transfirió todos los derechos, título e intereses en y a la deuda que generó con el señor Maldonado a Midland Funding, LLC (Midland Funding). A su vez, indica Operating Partners en su Demanda que ellos son una empresa que realiza gestiones de cobro y actúan como agente gestor y administrador de Midland Funding. Luego de múltiples intentos de cobro infructuosos solicitan el pago de $7,471.64; de lo cual $5,705.87 constituye principal y $1,1711.77 a intereses.
El señor Maldonado contesta la Demanda el 9 de julio de 2015 en donde acepta que firmó un contrato de venta al por menor a pazos donde adquirió de Auto Vega, Inc. un vehículo Ford Focus financiado por Ford Motor Credit. Sostiene además que no tiene...
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