Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Marzo de 2016, número de resolución KLCE20151818

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE20151818
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2016

LEXTA20160314-002-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL V

CARMELO ACEVEDO CORNIER
Recurrido
v.
AMERICAN TUGS INC.
Peticionarios
KLCE20151818
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayanilla Caso Núm. J3CI201100152 Sobre: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand.

Varona Méndez, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de marzo de 2016.

Compareció ante nosotros American Tugs, Inc. (en adelante, el peticionario), para pedirnos que revisemos la determinación del Tribunal de Primera Instancia que le impuso el pago de costas y honorarios de abogados. Evaluado el recurso de certiorari presentado, resolvemos denegar su expedición.

I.

El 22 de mayo de 2013, el foro recurrido dictó una Sentencia en la que concluyó que Carmelo Acevedo Cornier (en adelante, el recurrido) fue despedido injustificadamente. En virtud de ello, ordenó a su ex patrono, el aquí peticionario, a pagar una mesada de $21,820.75, más $5,455.19 en concepto de honorarios de abogados, equivalentes al 25% de la mesada. Inconforme, el peticionario apeló1. Tras los trámites correspondientes, este Tribunal confirmó al foro recurrido, pero modificó los montos concedidos, disponiendo que correspondía pagar $20,315.87 por mesada2, y $3,047.38 por honorarios de abogados, esto es, el 15% de la mesada. Respecto a los honorarios de abogados, destacamos que, si bien el foro apelado podía conceder un porcentaje mayor al 15%, para hacerlo era necesario que el abogado que así lo solicitase sometiera un memorando juramentado explicando las razones para ello; y que, además, el Tribunal fundamentara por escrito su determinación. En virtud de ello, devolvimos el caso al foro primario “a los únicos efectos de que dicho foro determine los honorarios correspondientes inherentes, tanto a la litigación ante el TPI como ante este Tribunal, donde también ha prevalecido la parte apelada”3

(Énfasis nuestro).

El peticionario solicitó reconsideración ante este Tribunal, la cual fue denegada. La determinación fue notificada el 31 de marzo de 2014. El 16 de abril del mismo año, el recurrido presentó un Memorándum de Costas y Gastos en Apelación en el que solicitó la imposición de intereses legales y temeridad a American Tugs, Inc. Además, solicitó que se le impusiera el pago de $118.90 por gastos, reproducciones y envío de documentos y alegatos, $5,000 por honorarios de abogados en apelación, y $1,500 por el escrito en oposición a la Reconsideración. El peticionario se opuso a la solicitud del recurrido y arguyó que este último presentó el memorando de costas fuera del término jurisdiccional de 10 días, que los honorarios de abogado no debían exceder el 15% de la mesada, que no procedía la imposición de honorarios por temeridad, y que los gastos de oficina no eran admisibles como costas.

Cabe mencionar que el peticionario presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de Certiorari, el cual fue denegado el 10 de octubre de 2014. El 28 del mismo mes y año, el recurrido presentó un nuevo Memorándum de Costas y Gastos en...

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