Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2016, número de resolución KLRA201600180

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600180
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2016

LEXTA20160315-004-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL VIII

JUAN BULTED CARABALLO
Recurrente
v.
AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN
Recurrida
KLRA201600180
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Transportación y Obras Públicas Boleto Núm.: 0017999287-1 0017999288-1 0017999289-1 0018073685-1 0017778346-1 0017836087-1 0018183000-1 Sobre: Denegación de Recurso de Revisión

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí, la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir.

Brignoni Mártir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de marzo de 2016.

El 25 de febrero de 2016, el señor Juan Bulted Caraballo (el señor Bulted Caraballo o el Recurrente), presentó por derecho propio ante nos un Recurso de Revisión de Decisión Administrativa. En el mismo, nos solicita que revisemos una comunicación del 29 de enero de 2016, emitida por el Centro de Procesamiento de Violaciones de AutoExpreso (Centro de Procesamiento), adscrito al Departamento de Transportación y Obras Públicas. Mediante dicha misiva, AutoExpreso le denegó su apelación sobre siete (7) infracciones de tránsito. 1

Por los fundamentos que expondremos a continuación, desestimamos el presente recurso de revisión.

-I-

Entre los meses de noviembre de 2015, a enero de 2016, el señor Bulted Caraballo recibió siete (7) boletos por evasión de peaje. Por tal razón, el 26 de enero de 2015, el recurrente acudió a las oficinas de AutoExpreso.

Posterior a ello y en esa misma fecha, el señor Bulted Caraballo presentó ante el Centro de Procesamiento de Violaciones de AutoExpreso una carta, con la intención de refutar dichas multas administrativas. En la misma, arguyó que a la fecha en que las infracciones fueron expedidas, él tenía en su cuenta de AutoExpreso balance suficiente para que le debitaran el costo del peaje por el que transitó.

Así las cosas, el 29 de enero de 2016, el Centro de Procesamiento de Violaciones de AutoExpreso denegó al recurrente su apelación por las siete (7) infracciones en controversia. Dicha comunicación lee como sigue:

29 de enero de 2016.

[…]

Boletos por Faltas Administrativas Tablilla – IMP 389

Denegación de Recursos de Revisión

Estimado(a): Juan Bulted Caraballo

El Centro de Procesamiento de Violaciones (CPV) de AutoExpreso, Sistema Electrónico de Peaje, ha recibido su apelación por las infracciones de Tránsito en referencia a su...

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