Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Marzo de 2016, número de resolución KLAN201501862
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201501862 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2016 |
| | |
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa
Steidel Figueroa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de marzo de 2016.
Víctor Rafael Rivera Collazo (“Rivera Collazo”) nos solicita que revisemos y revoquemos la sentencia parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (“TPI”), mediante la cual dicho foro desestimó una reclamación que instó, por no prestar una fianza de no residente. Regla 69.5 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 69.5. Luego de evaluar los argumentos de las partes, confirmamos.
El 15 de abril de 2014, Rivera Collazo presentó una demanda ante el TPI en la que, entre otras cosas, reclamó indemnización por daños y perjuicios de Clery Heughes Pascual (“Heughes”) y otros. Por razón de que reside en Royal Palm Beach en el estado de la Florida, el 5 de mayo de 2015 Heughes solicitó al TPI que ordenara a Rivera Collazo prestar una fianza de no residente. Tras requerir a este que expresara razones por las cuales no debería acceder a dicha petición, el 24 de junio de 2015, notificada el 26 de junio siguiente, el TPI le ordenó prestar $3,000 como fianza. Además, le advirtió que de incumplir desestimaría su reclamación, según lo dispuesto por la Regla 69.5 de Procedimiento Civil, supra.
El 25 de junio de 2015, Rivera Collazo se allanó a la imposición de una fianza, pero solicitó que se le impusiera como tal la suma mínima de $1,000, según lo prevé la Regla 69.5 de Procedimiento Civil. El expediente revela que Rivera Collazo presentó esta moción antes de recibir la orden del tribunal que le impuso una fianza de $3,000. No obstante, al atender esta última moción de Rivera Collazo mediante orden del 29 de junio de 2015, el TPI dispuso, “Véase orden de 24 de junio de 2015”, en clara referencia a la determinación que le ordenó prestar $3,000 de fianza.
Transcurridos más de los sesenta días dispuestos en la Regla 69.5 de Procedimiento Civil, supra, sin que Rivera Collazo prestara la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba