Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2016, número de resolución KLRA201501338

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201501338
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2016

LEXTA20160330-026-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal De Apelaciones

Región Judicial De San Juan

Panel III

Mayra Cintrón Ortiz y/o Christian Saviñón Lovelace
Recurrida
v.
Bella International, LLC h/n/c Honda de Cayey
Recurrente
KLRA201501338
Revisión Judicial
Procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor
Caso núm.:
SJ-0011829
Sobre:
Compraventa de vehículo de motor

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Steidel Figueroa, Juez Ponente

Sentencia

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2016.

Christian Saviñón Lovelace presentó una querella en el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para reclamar que Bella International LLC, quien hace negocios con el nombre comercial de “Honda de Cayey”, le honrara la garantía de un vehículo de motor usado (marca Saab, modelo Aero, del año 2006, con 40,815 millas de uso), que allí adquirió el 17 de octubre de 2013. Pagó por él $5,500, más $245 por gastos relacionados a la obtención de la licencia y el traspaso de la titularidad.

Tras la compra, el vehículo sufrió desperfectos pues, según determinó probado el foro administrativo, “en ocasiones no encendía”1. También determinó el DACO que:

13. El 5 de mayo de 2014 se efectuó la inspección del vehículo por el investigador del DACO. En el informe correspondiente, el investigador indicó:

En inspección realizada se encontró que el vehículo tiene las luces de check engine, ABS y stability control prendidas. El querellante informa que la transmisión le da cantazo cuando para. Además, cuando va a arrancar los frenos le fallan, el aire acondicionado deja de enfriar.

En el momento de la inspección no presentó las condiciones informadas por el querellante. Se utilizó un escáner y dio los códigos PO2181, mezcla pobre en el bando y el PO140, el sensor de oxígeno banco 1.

El Sr. Díaz informa que él no puede hacer nada porque el vehículo se vendió sin garantía por un acuerdo.

En su opinión pericial manifestó:

El vehículo hay que cambiarle el sensor de oxígeno banco 1.

14. El informe de inspección fue objetado por la parte querellante, que sin embargo no presentó un perito que refutara el informe del investigador del DACO.

15. En la vista administrativa, el investigador del DACO manifestó, a preguntas de la parte querellante, que todos los escáneres leen motor y transmisión. Sostuvo su opinión de que al vehículo hay que...

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