Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Abril de 2016, número de resolución KLCE201600449

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201600449
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución15 de Abril de 2016

LEXTA20160415-008 Rosado Negrón v. Rivera Padilla

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL IV

DOUGLAS ROSADO NEGRÓN
RECURRENTE
v.
MAYRA E. RIVERA PADILLA
RECURRIDA
KLCE201600449
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. K AC2015-0528 Sobre: Liquidación de Sociedad de Gananciales

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y la Jueza Cortés González

Colom García, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de abril de 2016.

Douglas Rosado Negrón [recurrente o señor Rosado Negrón] solicita la revisión de la orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan [TPI], para que el recurrente anunciara representación legal so pena de sanciones.

ANTECEDENTES

El 4 de junio de 2015, el señor Rosado Negrón, por conducto de su representación legal, presentó una demanda contra Mayra E. Rivera Padilla [recurrida o señora Rivera Padilla] para la liquidación de la extinta sociedad legal de bienes gananciales compuesta entre ambos. La recurrida contestó la demanda, y luego el recurrente le cursó dos interrogatorios, producción de documentos y requerimiento de admisiones. El 7 de enero de 2016, la abogada del recurrente solicitó el relevo de su representación legal1, y peticionó además, que se le permita al señor Rosado Negrón, continuar representándose por derecho propio. El 21 de enero de 2016, se celebró la vista de conferencia con antelación al juicio, en la cual compareció el señor Rosado Negrón. Ese día, el recurrente le entregó otros cuatro pliegos de interrogatorios a la recurrida. Esta solicitó orden protectora, para que el tribunal le relevara de contestar el descubrimiento de pruebas por ser repetitivos, y por no existir justa causa para dicho trámite. El recurrente replicó, y el 3 de febrero, el TPI permitió un interrogatorio adicional que no excediera de cuarenta (40) preguntas.

Entretanto, el 10 de febrero de 2016 la abogada de la recurrente presentó una moción de Urgente Solicitud de Orden, para que se le ordene al demandante contratar nueva representación legal, por alegadamente haber incurrido en ataques a su persona. El recurrente se opuso a dicha solicitud, y el 24 de febrero de 2015 el TPI dictó la siguiente orden:

Enterado. Tenga el compareciente 30 días para anunciar su representación legal. Se le apercibe al compareciente sobre imposiciones de sanciones por incumplir la presente.

En desacuerdo, el señor Rosado Negrón solicitó reconsideración. En ella adujo que viajó desde los Estados Unidos para asistir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR