Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2016, número de resolución KLCE201600140
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201600140 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2016 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Caso Núm. ISCR201200646 SOBRE: Delito A 142/Agresión Sexual |
Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.
Piñero González, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de abril de 2016.
Comparece, por derecho propio, el señor Orlando Rivera Valentín (señor Rivera o el peticionario), mediante el recurso de certiorari de título presentado el 15 de enero de 20161 Solicita que se expida el auto y se revoque la Resolución Post Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez (TPI), el 17 de diciembre de 2015, notificada el 28 de ese mismo mes y año. Mediante dicho dictamen se declara sin lugar su Moción de Corrección de Sentencia al Amparo del Principio de Favorabilidad.
Por los fundamentos que exponemos a continuación, EXPEDIMOS auto de certiorari y CONFIRMAMOS la Resolución recurrida.
Por hechos ocurridos en los meses de noviembre y diciembre de 2011, al señor Rivera se le presentan dos (2) cargos en su contra por violar el Artículo 142 (agresión sexual, segundo grado) y un (1) cargo por violar el Artículo 144 (actos lascivos, tercer grado); todos del Código Penal de 2004, 32 LPRA ant.
sec. 4770 y ant. sec. 4772, respectivamente. (Casos Núm. ISCR2012000646 al 0648.) En las acusaciones se le imputó al peticionario cometer dichos delitos contra una menor de doce (12) años de edad al momento de los hechos.
Luego de múltiples trámites y procesos, se celebra un juicio por jurado los 2, 3, 16, 17, 18, 23, 29 y 30 de octubre de 2012. El 9 de noviembre de 2012, de forma unánime, el jurado lo halla culpable por la infracción al Artículo 142 (segundo grado) proveniente del Caso Núm. ISCR2012000646; de forma unánime queda absuelto por la infracción al Artículo 142 proveniente del Caso Núm. ISCR2012000647; y de forma unánime es hallado culpable por la infracción al Artículo 144 (tercer grado) proveniente del Caso Núm. ISCR2012000648. El mismo 9 de noviembre de 2012 el TPI dicta la Sentencia Absolutoria del Caso Núm. ISCR2012000647. A su vez, el Ministerio Público solicita una vista de agravantes para los otros dos casos.
Celebrada dicha vista el 29 de noviembre de 2012, de forma unánime el jurado no autoriza los agravantes para los Casos Núm. ISCR2012000646 y 00648. Así, se celebra el Acto de Imposición de Sentencia el 5 de febrero de 20132.
En dicha fecha, el TPI dicta las respectivas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba