Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Abril de 2016, número de resolución KLCE201600343

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201600343
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Abril de 2016

LEXTA20160427-014 Nieves Cardona v. Universal Insurance Co.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y AIBONITO

PANEL VI

ZARIMILT NIEVES CARDONA: MILTON NIEVES CARDONA; CARMEN CARDONA HERNÁNDEZ; JUAN NIEVES ORTIZ
Parte Recurrida
v.
UNIVERSAL INSURANCE COMPANY; FULANO Y MENGANA DE TAL; CORPORACIONES ACME; ASEGURADORAS X,Y,Z,
KLCE201600343 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón CIVIL NÚM. DDP2014-0279 (703) Sobre: Daños y Perjuicios
Parte Peticionaria

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, la Juez Birriel Cardona y la Juez Surén Fuentes.

Surén Fuentes, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de abril de 2016.

Comparece ante nos Universal Insurance Company, parte peticionaria, quien solicita Revisión de una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (TPI), el 13 de enero de 2016, y notificada a las partes el 15 de enero de 2016. Mediante la misma dicho Foro declaró No Ha Lugar la Solicitud de Orden instada por la peticionaria.

I.

El 22 de abril de 2014 la parte recurrida presentó Demanda, alegando daños como resultado de un accidente de tránsito. La parte recurrida notificó sus informes periciales el 25 de septiembre de 2015. Conforme a las instrucciones del TPI, dicho Foro concedió a Universal un término de treinta (30) días para que notificara cual sería su perito, y sesenta (60) días para rendir su respectivo informe pericial. Dichos términos comenzarían a transcurrir el día en que se recibiese los informes periciales de la parte recurrida. El 10 de octubre de 2015 el TPI celebró Conferencia con Antelación al Juicio en la cual pautó la celebración del juicio en su fondo para los días 28 y 29 de abril de 2016.

Así las cosas, el 28 de diciembre de 2015, Universal presentó ante el TPI Solicitud de Orden, en la cual indicó que el 14 de diciembre de 2015 había indicado a la parte recurrida que interesaba evaluar a los cuatro co-demandantes en las oficinas de su perito seleccionado para la fecha del 3 de febrero de 2016. En respuesta a dicha notificación la parte recurrida indicó que el periodo concedido por el Tribunal para llevar a cabo evaluaciones periciales había vencido, razón por la cual no estaría asistiendo a la cita pautada unilateralmente por Universal. La peticionaria solicitó al Foro a quo, que ordenara a la parte recurrida a comparecer y ser...

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