Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Abril de 2016, número de resolución KLCE201600722

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201600722
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Abril de 2016

LEXTA20160428-030 Centro de Orientación y Ayuda Siquiatrica del Niño v. ELA de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL I

Centro de Orientación y Ayuda Siquiátrica del Niño, Inc; Providencia Health Center, Inc.
Peticionario v.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Departamento de la Familia; Administración de Familia y Niños; y Otros
Recurrido
KLCE201600722
Certiorari
procedente del
Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan
Civil. Núm.
SJ2016-CV00071
Sobre:
Injunction Preliminar; Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Steidel Figueroa, la Jueza Cintrón Cintrón y la Jueza Rivera Marchand

Steidel Figueroa, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2016.

I.

El Estado Libre Asociado, por medio de la Oficina de la Procuradora General, nos solicita mediante una petición de certiorari que revoquemos un dictamen del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, (TPI), que denegó una solicitud de desestimación formulada por la parte peticionaria. El TPI pautó, además, una vista para el viernes 29 de abril de 2016 para dilucidar los méritos de una solicitud de interdicto presentada por el Centro de Orientación y Ayuda Siquiátrica del Niño, Inc. (COPA) y por Providencia Health Center, como parte de una demanda en la que también se solicitó indemnización por alegados daños.

En la demanda en cuestión, COPA alegó que es una entidad con fines de lucro que provee servicios psicológicos y psiquiátricos a niños y adolescentes víctimas de maltrato y violencia que desde el 2009 provee servicios por contrato como hogar de crianza terapéutico al Departamento de la Familia, y en particular a la Administración de Familias y Niños (ADFAN). El último contrato suscrito tiene una vigencia hasta el 30 de julio de 2016. En cuanto a Providencia Health Center se alegó que es una corporación creada con similares propósitos que COPA que también provee servicios a niños y adolescentes por referidos de la ADFAN.

La solicitud del interdicto promovida por ambas corporaciones demandantes se amparó en que presuntamente personal del Departamento de la Familia removió de las instalaciones de Providencia Health Center “a los veinte (20) menores que allí se encontraban dejando sin sustento y trabajo a sobre cincuenta (50) empleados”1. También se alegó que se les notificó que, tras una investigación de maltrato o negligencia institucional, se reubicarían “las menores ingresadas y que el establecimiento no [continuaría]

operando”2. Al alegar ser objeto de persecución y discrimen invocaron las garantías constitucionales que garantizan que ninguna persona sea privada de intereses libertarios y propietarios sin un debido proceso de ley. Reclamaron indemnización por daños que alegaron sufrir y específicamente solicitaron, entre otras cosas, que se dejara sin efecto “la determinación de ADFAN de detener los ingresos a COPA”3.

Tras ser emplazado, el Estado Libre Asociado solicitó la desestimación del pleito por el fundamento de que las alegaciones de la demanda no justificaban la concesión de un remedio. Considerados los planteamientos en una vista argumentativa, el TPI denegó la...

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