Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2016, número de resolución KLRA201500805

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500805
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Abril de 2016

LEXTA20160429-0121-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

Región Judicial de San Juan

Panel III

Ex Agente Ángel Anaya González
Recurrido
v.
Policía de Puerto Rico
Recurrente
KLRA201500805
Revisión Judicial
procedente de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación
Caso núm.:
14-P-188
Sobre:
Expulsión

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Steidel Figueroa, Juez Ponente

Sentencia

En San Juan, Puerto Rico a 29 de abril de 2016.

En el 2005 el entonces Superintendente de la Policía imputó al agente Ángel Anaya González incurrir en las faltas graves número 2 y 9, según definidas en el Artículo 14, Sección 14.5 del Reglamento de Personal de la Policía de Puerto Rico, Reglamento Núm. 4216 del 3 de julio de 1981. Estas tipifican como falta “amenazar con, o hacer uso de un arma de fuego contra cualquier persona, excepto en casos de legítima defensa propia o la de un semejante”; y “usar lenguaje ofensivo, impropio o denigrante contra cualquier ciudadano”. En la notificación de formulación de cargos se narraron los siguientes hechos como fundamento para la imputación:

Surge de la investigación realizada que en fecha del 18 de diciembre de 2005, el señor Luis Rivera Pérez salió del estacionamiento de JCPenny en Plaza del Norte, Hatillo, acompañado de la esposa de éste. Usted conducía por la vía franca cuando el Sr. Rivera se le cruza y por poco le impacta su vehículo. Usted comenzó a manotear y a realizar gestos dirigidos al Sr. Rivera.

Acto seguido, el Sr. Rivera le sigue y se aparea al lado de su carro y le pregunta el porque [sic] de su comportamiento. Acto seguido, usted saca su pistola de reglamento, le apunta y lo amenaza. Molesto, el Sr. Luis Rivera, le sigue hasta que usted se detiene. Ambos se bajan del carro y el Sr. Luis Rivera procede a cuestionar el porque [sic] tenía que amenazarlo con el arma de fuego y hablarle malo. Usted le responde: “carbón, [sic] viejo calvo”, que él tenía licencia para ello. Luego, al conocer que llamaba a la Policía, le tomó una foto al caballero y se fue1.

Tras los procedimientos usuales, el Superintendente de la Policía expulsó a Anaya González del cuerpo policiaco.

Este acudió entonces a la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación [por sus siglas, “CIPA”], foro que revocó la expulsión, ordenó la reposición de Anaya González en su puesto y el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR