Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Mayo de 2016, número de resolución KLAN201600360

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201600360
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016

LEXTA20160517-002-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL II

CARMEN RODRIGUEZ ORTIZ; HUGO PABÓN RODRIGUEZ; JONATHAN OLMEDA RAMOS por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales a la que pertenece
Apelantes
v.
SILVERIO RIVERA TORRES Y CELIN VILAR RIVERA por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por éstos; KALET TORRES PAGÁN, por sí y en representación de la corporación KALET CORPORATION; CARLOS E. GARCIA ORTIZ; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS; MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CAGUAS; CELIA VERONICA RIVERA VILAR, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por esta y Zutano de Tal; Juan del Pueblo y Aseguradora ABC
Apelados
KLAN201600360
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Núm.: E PE2015-0046 Sobre: Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres.

Ortiz Flores, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de mayo de 2016.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones la señora Carmen Rodriguez y los señores Hugo Pabón y Jonathan Olmeda (Demandante, Apelante) y nos solicitan que revisemos y revoquemos una Sentencia, emitida el 4 de diciembre de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de San Juan, en el caso civil número E PE2015-0046.

Mediante el dictamen referido, el TPI declaró sin lugar una solicitud de interdicto preliminar presentada por la Apelante para la remoción de una antena de telecomunicaciones instalada en un predio de terreno, propiedad de la Demandada.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se desestima el recurso presentado por falta de jurisdicción, por prematuro, toda vez que el dictamen no fue notificado a todas las partes en el pleito.

I

La parte Demandante radicó ante el TPI una acción de interdicto preliminar y daños y perjuicios el 4 de marzo de 2015. Solicitó la celebración de una vista para dilucidar si la instalación de una antena de telecomunicaciones en un predio de terreno propiedad de la Demandante cumplía con la reglamentación vigente y, de no ser así, la remoción de la misma y la concesión de daños irreparables por daños a la salud, al ambiente y/o al uso y disfrute de las propiedades privadas del sector.

Luego de los correspondientes...

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