Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Mayo de 2016, número de resolución KLCE201600445

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201600445
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2016

LEXTA20160524-022-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

MILESTONE COMMUNICATIONS, INC.
Recurrido
v.
LUIS F. HERNÁNDEZ VÉLEZ y la SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES por ellos y su esposa, ALVILDA FUSTER RIVERA
Peticionarios
KLCE201600445
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de San Juan. Número: K AC2011-1335 Sobre: Acción civil

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Ortiz Flores, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de mayo de 2016.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Luis F.

Hernández Vélez (Sr. Hernández, Peticionaria) y nos solicita que revisemos y revoquemos una resolución dictada el 16 de febrero de 2016 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI) en el caso civil número K AC2011-1335 sobre cobro de dinero, ejecución de sentencia y descorrer el velo corporativo.

Mediante el dictamen emitido, el foro recurrido denegó una solicitud de sentencia sumaria presentada por el Sr. Hernández el 30 de enero de 2013.

Adelantamos que se deniega la expedición del auto solicitado, por los planteamientos que expondremos más adelante.

I

El 30 de noviembre de 2011 Milestone Communications, Inc. (Recurrida, Milestone, Demandante) presentó ante el TPI una demanda en contra del Sr. Hernández, su esposa y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. Alegó que contra la corporación Golden Cross Health Plan (Golden Cross, Demandada, Corporación), cuyos únicos accionistas son el Sr.

Hernández y su esposa, recayó el 5 de enero de 2011 una sentencia por cobro de dinero que al presente es final y firme y aún no ha sido satisfecha. Mediante dicha sentencia, el TPI ordenó a Golden Cross el pago de $274,246.85 a favor de Milestone.

La Demandante presentó la demanda de epígrafe con el propósito de descorrer el velo corporativo entre Golden Cross y del Sr.

Hernández, como accionista y presidente de dicha corporación, de modo que Milestone pueda cobrar la deuda que ha quedado pendiente de ser satisfecha en virtud de la sentencia de 2011.

Luego de varios trámites procesales, el 30 de enero de 2013, la Demandada radicó una moción de sentencia sumaria en la que solicitó la desestimación de todas las reclamaciones instadas en su contra. En síntesis, el Sr. Hernández alega que la obligación de cumplir con el pago que impone la sentencia de 2011 recae única y exclusivamente sobre Golden Cross y no sobre los demandados de epígrafe en su carácter personal.

Por su parte, Milestone alegó en oposición que Golden Cross no incluyó la sentencia de 2011 en sus Informes Anuales al Comisionado de Seguros, ni en sus correspondientes Informes Anuales. En apoyo a dichas alegaciones, Milestone incluyó como anejos a su moción, lo siguientes documentos: (1) la página 38 del Informe Anual presentado por Golden Cross al Comisionado de Seguros, radicado en el año 2013 y (2) la página 11 del estado financiero de Golden Cross, correspondiente a diciembre 31 de 2012. Milestone alegó, además, que de mayo de 2010 a diciembre de 2011, ya advenida final y firme la sentencia de 2011, el Sr. Hernández devengó un sueldo de $119,076.20. Milestone acompañó esta alegación con un documento producido por el propio Sr. Hernández como parte del descubrimiento de prueba en el caso de epígrafe.

Posteriormente, el TPI celebró una vista argumentativa en la que las partes tuvieron la oportunidad de presentar sus respectivas posturas respecto al dictamen sumario y una posible transacción. El TPI resolvió la solicitud de sentencia sumaria luego que expiró el término concedido para que las partes lograran una transacción en el caso.

Como ya mencionamos, el TPI declaró sin lugar la moción de desestimación presentada por el Sr. Hernández con la resolución recurrida.

Expresó en su dictamen que no procedía dictar sentencia sumaria al amparo de la Regla 36 de Procedimiento Civil, tomando en consideración el hecho de que la Oficina del Comisionado de Seguros instó un proceso contra Golden Cross por omitir reportar la sentencia de 2011 en los Informes Anuales radicados y el hecho de que los demandados, siendo dueños del cien por ciento (100%) de las acciones de Golden Cross, optaron por devengar un sueldo de sobre cien mil dólares en lugar de satisfacer el pago de la sentencia recaída en su contra.

Por lo anterior, el TPI concluyó que los siguientes hechos se encuentran en controversia:

  1. Si el no pagar la Sentencia en el caso Milestone Communications, Inc. v. Golden Cross Health Plan, Corp. Civil Núm. K CD2008-0248 es un acto imputable al Demandado Lcdo. Luis F. Hernández Vélez que amerita aplicar la doctrina de descorrer el velo corporativo en el presente caso y si como cuestión de hecho se dan las condiciones en el presente caso para aplicar dicha doctrina.

  2. Si al Golden Cross Health Plan, Corp. no divulgar la deuda por Sentencia a favor de Milestone Communications, Corp. en los Informes Anuales presentados a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico se cometió un acto fraudulento o ilícito imputable al demandado Lcdo. Luis F. Hernández Vélez que amerita aplicarla doctrina de descorrer el velo corporativo.

Inconforme, el Sr. Hernández acude ante nosotros en certiorari de tal determinación y alega que el TPI cometió los siguientes señalamientos de error:

Primer señalamiento de error:

Erró el TPI al aplicar incorrectamente la Regla 36 de Procedimiento Civil y su jurisprudencia interpretativa, y denegar la moción de sentencia sumaria...

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