Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Junio de 2016, número de resolución KLAN201501899

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501899
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Junio de 2016

LEXTA20160615-001-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO, AIBONITO Y UTUADO

Panel XII

SUCESIÓN DE MODESTO ESPINOSA APELADA V. CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES APELANTE
KLAN201501899
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Caso Núm: C AC2013-0404 SOBRE: Proceso Especial en Cobro de Contribuciones

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Grana Martínez y la Jueza Vicenty Nazario.

Vicenty Nazario, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 15 de junio de 2016.

El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) nos solicita que revisemos y revoquemos la Sentencia que emitió el Tribunal de Primera Instancia de Arecibo (TPI, foro primario, Instancia), el cual ordenó devolverle a la Sucesión de Modesto Espinosa la suma de $26,403.10. Dicha cantidad se relaciona a una deuda del señor Espinosa, apropiada ilegalmente por un funcionario del CRIM encargado de recibir los pagos.

Luego de examinar el recurso presentado, determinamos modificar el dictamen apelado. Así modificado, se confirma.

I.

Los hechos relevantes del caso de autos los tomamos del recurso KLCE20150369 presentado en una etapa previa a la que hoy entendemos:

El 11 de febrero de 2013, la Sucesión de Modesto Espinosa Rivera y la Sucesión de Celia Espinosa Rivera presentaron una demanda en contra del CRIM y una compañía de seguros sin nombrar. El 18 de febrero de 2014 interpusieron una demanda enmendada. Alegaron que para el 2002, el señor Modesto Espinosa Rivera expidió una serie de cheques a nombre del CRIM con el fin de cumplir con el pago de las contribuciones territoriales de su propiedad. Según los demandantes, los cheques totalizaban $26,403.10. Indicaron que los pagos se hicieron a la agencia por medio de su empleado, el señor José L. Rivera Martínez. Alegaron que este último malversó los fondos y fue acusado ante el TPI de Arecibo por infracciones a varios artículos del Código Penal. A renglón seguido le imputaron responsabilidad al CRIM y su compañía de seguros por los dineros malversados. Por último, los demandantes indicaron que para obtener unas certificaciones tuvieron que desembolsar la suma de $6,792.10, por lo que solicitaron, además, el reintegro de esta cantidad. En su súplica los demandantes solicitaron al TPI que condenara al CRIM a satisfacerle las cuantías antes mencionadas, las que ascendían a $33,195.20, más las costas, gastos y honorarios de abogado.

En su contestación, el CRIM admitió algunos hechos y negó varios. Negó que el señor Rivera Martínez tuviera entre sus deberes como empleado del CRIM el de cobrar las deudas o la labor de aceptar pagos de contribuyentes, como tampoco tenía entre sus deberes el manejo de efectivo o de cheques. Alegó afirmativamente que los delitos cometidos por el señor Rivera Martínez en nada beneficiaron al CRIM y que fue destituido por tales hechos y otros adicionales relacionados con otros contribuyentes. El CRIM también alegó que los actos del señor Rivera Martínez fueron intencionales y no generaban responsabilidad alguna por parte de la agencia.

En enero de 2015, el CRIM sometió una solicitud de sentencia sumaria y la parte demandante se opuso.El 12 de febrero de 2015 el TPI declaró no ha lugar la solicitud de sentencia sumaria por entender que existían controversias sobre los sucesos objeto de las alegaciones. Oportunamente, el CRIM solicitó reconsideración, la cual fue denegada. Inconforme, el CRIM acudió ante este Foro, pero se denegó la expedición del auto de certiorari.

El foro primario celebró una vista procesal y las partes sometieron el caso con base a unas estipulaciones de hechos. Posteriormente, el TPI concluyó que: (1) el señor Espinosa hizo los pagos correctamente ante el CRIM, a través de su representante, el señor Rivera Martínez, quien manejaba los cheques de pago como parte de sus funciones como Supervisor de Cobros y Servicios...

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