Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Junio de 2016, número de resolución KLRA201600010

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600010
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Junio de 2016

LEXTA20160628-017-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL V

PUMA ENERGY CARIBE, LLC
Concesionario-Recurrido
VS.
TECNO GAS, INC.
Concesionario-Recurrente
GAS CONNECTION CORP. H/N/C BLUE RHINO
TROPIGAS DE PUERTO RICO, INC.
Concesionarios-Opositores
---------------------------------
PUMA ENERGY CARIBE, LLC
TECNO GAS, INC.
Concesionario-Recurrido
GAS CONNECTION CORP. H/N/C BLUE RHINO
Opositor-Recurrido
Vs.
TROPIGAS DE PUERTO RICO, INC.
Opositor-Recurrente
---------------------------------
PUMA ENERGY CARIBE, LLC
TECNO GAS, INC.
Concesionarios-Recurridos
vs
GAS CONNECTION CORP. H/N/C BLUE RHINO
TROPIGAS DE PUERTO RICO, INC.
Concesionarios-Opositores-Recurrentes
KLRA201600010
Consolidado con
KLRA201600020
Consolidado con
KLRA201600022
REVISIÓN procedente de la Comisión de Servicio Público Caso Núm. FG-1497, Lic. 1116 Sobre: SOLICITUD PARA ENMENDAR SU FRANQUICIA PARA VENDER CILINDROS DE GAS (EN RACKS, JAULAS O “DISPLAY CASES”) EN ESTABLECI-MIENTOS COMERCIALES EN TODA LA ISLA DE PUERTO RICO

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Soroeta Kodesh.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de junio de 2016.

A mediados de enero del presente año recibimos los tres recursos de revisión judicial de epígrafe, los cuales luego consolidamos. El 8 de enero de 2016 Tecno Gas, Inc. (Tecno) presentó su recurso de revisión, mientras que el 11 de enero de 2016 Tropigas de Puerto Rico, Inc. (Tropigas) y Gas Connection Corp.

h/n/c Blue Rhino (Rhino) presentaron sus respectivos recursos. Los tres recurrentes solicitan la revocación de la Resolución y Orden notificada el 10 de diciembre de 2015 por la Comisión de Servicio Público (CSP). Mediante la referida decisión administrativa, la CSP autorizó la enmienda al permiso de venta de gas licuado de petróleo (GLP) según solicitada por Puma Energy Caribe, LLC (Puma).

Luego de encauzar el trámite apelativo, contamos con la transcripción estipulada de la prueba oral de la vista administrativa y copia del voluminoso expediente administrativo, así como el alegato en oposición de Puma. Con el beneficio de lo anterior, procedemos a resolver el recurso al tenor de los fundamentos de Derecho que más adelante esbozamos, y al amparo de los cuales, confirmamos la Resolución y Orden de la CSP.

I

El origen del presente recurso se remonta a una Solicitud de Enmienda a Autorización que Puma presentó ante la CSP el 3 de febrero de 2015. En vista de que ya Puma contaba con un permiso para producir, importar, distribuir a granel y vender GLP, al momento de solicitar la renovación del vigente permiso, Puma también instó a la CSP a que le permitiera enmendar su permiso para añadir el servicio de venta de cilindros de GLP en racks, jaulas o display cases en establecimientos comerciales en toda la Isla. En unión a su solicitud de enmienda, Puma sometió sobre 250 endosos para respaldar la necesidad y conveniencia de su propuesta.

Iniciado el correspondiente trámite administrativo, incluso la publicación en 2 periódicos del aviso de vista pública, la CSP celebró audiencia los días 3 y 5 de agosto de 2015. A la misma comparecieron como partes opositoras, Tecno, Tropigas y Rhino. Los respectivos representantes de Puma,1 y de las opositoras Tecno y Rhino,2 comparecieron como testigos; mientras que Tropigas no presentó testigo ni prueba pericial. Por su parte, Puma presentó al economista Gustavo Vélez como perito,3

Tecno y Rhino presentaron al CPA Jorge Rodríguez Suárez como su perito;4

ambos peritos rindieron sus informes sobre análisis de necesidad y conveniencia.5

Luego de escuchar la totalidad de la prueba, la CSP emitió la Resolución y Orden aquí recurrida, en la cual consignó las Determinaciones de Hechos que a continuación reseñamos.

  1. El concesionario peticionario de epígrafe, PUMA, es concesionario de este Organismo bajo la franquicia FG-1497-LIC-1116, autorizado a operar una (1) planta en la producción, importación y venta de gas licuado de petróleo y distribución de gas a granel (FG) mediante paga.

  2. El 3 de febrero de 2015 compareció el concesionario peticionario de epígrafe, PUMA, por conducto de su representante legal, el Lcdo. Carlos A.

    Dasta Meléndez, para presentar un escrito intitulado Solicitud de Enmienda a Autorización. En dicho escrito nos solicita enmendar su franquicia para vender cilindros de gas (en Racks, Jaulas o "Display Cases") en establecimientos comerciales en toda la Isla de Puerto Rico.

  3. El 12 de febrero de 2015 se expidió el correspondiente Aviso. El mismo fue publicado el 17 de febrero de 2015 en los periódicos "Primera Hora" y "EI Nuevo Día".

  4. Debido al Aviso descrito en el inciso tres (3) fueron presentadas las oposiciones y/o intervenciones de [Tecno, Rhino y Tropigas].

  5. Los días 3 y 5 de agosto de 2015 se celebró la correspondiente Vista Pública.

  6. PUMA presentó sobre doscientas cincuenta (250) cartas de endosos suscritas por detallistas de gasolina que sirven gasolina PUMA alrededor de sesenta (60) municipios distribuidos a través de la isla de Puerto Rico. Las cartas de endosos ostentan fecha del 17 de noviembre de 2014, nombre, dirección, número de teléfono y firma del que suscribe la misma.

  7. En dichas cartas de endoso cada suscribiente certifica que se encuentra interesado en contratar los servicios de PUMA para la venta e intercambio de cilindros de gas en su negocio, en "display cases" o "racks" y que, una vez PUMA adquiera la correspondiente autorización, estarían contratando sus servicios.

  8. El Oficial Examinador que presidió la Vista Pública se comunicó el 2 de noviembre de 2015 con diez (10) personas escogidas aleatoriamente y que suscribieron las cartas de endosos según fueran presentadas durante la Vista Pública y marcadas como prueba ofrecida condicionada PUMA (1) para verificar la autenticidad de la carta de endoso, y obtuvo los siguientes resultados:

    [Aquí se incluyó una tabla con los nombres y teléfonos de 10 comerciantes que suscribieron endosos. Los negocios de estos comerciantes estaban sitos entre Adjuntas, Aguada, Comerío, Añasco, Aguadilla, Arecibo, Bayamón, Ponce y Ciales. Ocho (8) de los comerciantes confirmaron que habían suscrito el endoso; dos (2) no pudieron ser corroborados; a saber, uno de Ponce que no contestó la llamada, y otro de Bayamón que no tenía su número en servicio.]6

  9. Las cartas de endosos fueron firmadas en fechas distintas de la fecha informada del 17 de noviembre de 2014. Dicha fecha es la fecha en que fueron preparadas las cartas de endosos.

  10. PUMA ostenta un total de trescientas cuarenta (340) estaciones de gasolina que sirven su gasolina de las mil cien (1,100) estaciones de gasolinas existentes en Puerto Rico, distribuidas de la siguiente manera: ciento cuarenta (140) estaciones "Company Own and Dealer Operated"; ciento cuarenta (140) estaciones "Company Lease"; y sesenta (60) estaciones "Dealer Own and Dealer Operated".

  11. Un treinta por ciento (30%) de las trescientas cuarenta (340) estaciones de gasolina que sirven gasolina PUMA ostentan un "rack" de distribución de cilindros de gas.

  12. La intención de PUMA es que se venda únicamente su gas en las estaciones de gasolina que sirven gasolina PUMA.

  13. Al día de hoy existen dos (2) importadores del gas licuado de petróleo en Puerto Rico los cuales son Trafigura y Geo Gas. El gas de PUMA es suplido por Trafigura.

  14. PUMA presentó un estudio económico preparado el 13 de julio de 2015 por su perito economista, el Sr. Gustavo Vélez,7 e intitulado ANÁLISIS DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA DE LA ENTRADA DE PUMA GAS AL MERCADO DOMÉSTICO DE GAS PROPANO (LGP).

  15. La entrada de PUMA al mercado de gas licuado de petróleo en Puerto Rico, en noviembre de 2014, provocó una baja en los precios de dicho producto el cual resultó favorable para el mercado y para los clientes/consumidores.

  16. El Opositor [Rhino] es un concesionario autorizado por este Organismo mediante la autorización FG-1600 Lic. 963 para la venta y distribución de cilindros para gas licuado desde la calle Igualdad Final en el Municipio de Fajardo a través de la Isla de Puerto Rico.8

  17. [Rhino] tiene una franquicia para suplir el gas de Blue Rhino en Puerto Rico.

  18. [Rhino] tiene una cartera de sobre setecientos cincuenta (750) clientes entre los que se encuentran gasolineras (incluyendo gasolineras que suplen el producto PUMA), centros agrícolas, y todos las tiendas Walmarts y Walgreens.

    Los clientes se encuentran localizados alrededor de setenta y seis (76) de los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico (no le sirven a los municipios de Las Marías ni Maricao).

  19. El Opositor [Tecno] es un concesionario autorizado por este Organismo mediante la autorización FG-1605 Lic. 968 para la venta y distribución de gas licuado de petróleo bajo el concepto de intercambio de cilindros en "display cases" en diferentes establecimientos a través de la Isla de Puerto Rico.9

  20. [Tecno] tiene una cartera de sobre novecientos cincuenta (950) clientes, incluyendo unas ciento cincuenta (150) gasolineras de las cuales entre ciento veinte (120) a ciento treinta (130) distribuyen gasolina PUMA.

  21. El opositor [Tecno], presentó un estudio económico preparado el 30 de junio de 2015 por el Sr. Jorge A. Rodríguez10, e intitulado REPORTE ESCRITO ESTUDIO DE NECESIDAD & CONVENIENCIA.

  22. De los documentos presentados por el opositor/interventor [Tropigas], según fueran requeridos mediante Orden Administrativa por la CSP, no consta que se encuentre autorizado para la venta y distribución de gas licuado de petróleo bajo el concepto de intercambio de cilindros en "display cases" en diferentes establecimientos a través de la Isla de Puerto Rico.11

  23. El concesionario opositor/interventor [Tropigas], no presentó testigo ni prueba pericial alguna.

  24. En Puerto Rico se ha incrementado la venta del gas en los últimos cinco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR