Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2016, número de resolución KLAN201501279

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501279
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2016

LEXTA20160630-023-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal De Apelaciones

Panel Especial para La

Región Judicial de Bayamón

Mariangeli Burgos Vidal
Apelada
v.
Petacci Corp.
Apelante
KLAN201501279
Apelación
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón
Caso núm:
D AC2013-2040
Sobre:
Daños por Incumplimiento de Contrato

Panel integrado por su presidenta, la Jueza García García, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Steidel Figueroa1

Steidel Figueroa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2016.

I.

Mediante apelación, Distribuciones Pettacci, Inc., nos solicita que revoquemos una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón [en adelante, “TPI”], que la condenó a satisfacer una indemnización por un alegado incumplimiento contractual. Confirmamos la determinación recurrida.

II.

El 3 de diciembre de 2012, Distribuciones Pettacci, Inc., [en adelante, “Pettacci”] suscribió, por medio de Sigifredo Núñez Barón, un contrato privado con Mariangelí Burgos Vidal, mediante el cual esta se convertiría en la imagen en Puerto Rico de una línea de ropa íntima mercadeada con el nombre comercial Pettacci. Según el contrato, Burgos Vidal participaría en cuatro promociones anuales o “In Stores” por un período de dos años. También participaría en un evento llamado “photoshop” cada noventa días. Además, Burgos Vidal se comprometió en colaborar con la promoción de sus productos por medio de las redes sociales actualizando periódicamente el estado de su página con la información suministrada por Pettacci con un mínimo de 8 comentarios en la plataforma Facebook y 8 comentarios en Twitter. Los acuerdos relevantes al respecto, según plasmados en el contrato suscrito son los siguientes:

  1. MARIANGELI BURGOS la “Burbu” será la imagen para Puerto Rico de la línea de ropa íntima PETACCI. MARIANGELI BURGOS VIDAL participará en cuatro (4) promociones anuales “In Stores” por un periodo de dos (2) años. Estas actividades serán coordinadas, costeadas y realizadas por PETACCI o por la compañía designada por Sigifredo Nuñez o su representante.

  2. PETACCI Lingerie es fabricante de ropa íntima para mujer y niñas, se compromete a fabricar 6 estilos trimestrales de la línea Angelique by PETACCI, la primera colección luego de 6 meses de firmado este acuerdo.

  3. MARIANGELI BURGOS VIDAL participará como modelo en un “photoshoot” cada 90 días. Estas actividades serán coordinadas y realizadas por PETACCI Lingerie o por la compañía designada por Sigifredo Nuñez o su representante. Las fechas y horas de las promociones “In Stores” y los “printphotoshoots” se calendarizarán por acuerdo entre las partes y serán notificadas a MARIANGELI BURGOS VIDAL con al menos 30 días de antelación. Los gastos de viáticos serán facturados a PETACCI con recibos los cuales no podrán ser mayores de $100.00. Las imágenes y videos documentadas durante los “in-store” y los “photoshoots” se deben poder usar en redes sociales, billboards y piezas publicitarias de Pettacci.

  4. MARIANGELI BURGOS VIDAL permitirá usar la imagen y el nombre de “BURBU o ANGELIQUE” de forma exclusiva como marca para todo tipo de Ropa Íntima de mujer y niñas a ser producida por PETACCI y no podrá usar la imagen y el nombre de “BURBU” O ANGELIQUE en productos similares, ni con distribuidores similares.

  5. MARIANGELLI BURGOS VIDAL recibirá de Petacci, Inc. una cantidad equivalente al Diez PORCIENTO (10%) de comisión del precio por pieza de la marca Angelique “byPetacci” vendida hasta un millón de dólares anuales y una cantidad equivalente al Doce PORCIENTO (12%) de comisión del precio por pieza marca Angelique “byPetacci” vendida y después de un millón de dólares anuales y una iguala de $2,000.00 por el uso de su imagen para la línea PETACCI. Del pago de $2,000.00 pertenecientes a la artista Mariangeli Burgos Vidal la “BURBU”, PETACCI descontará un 15% ($375.00) y será pagado directamente a su manejador Rolando Santa Báez, reconocido en este contrato como su representante. Las comisiones se calcularán mensualmente y se pagarán dentro de los primeros cinco (5) días después que se termine el mes. La comisión que se pagara cada mes será la que corresponde a las ventas de Angelique “byPetacci” que se produjeron el mes ante pasado. Para propósitos de aclaración y ejemplo, las comisiones sobre las ventas que ocurran en el mes de junio se calcularan en o antes de finalizar julio y se pagaran en o antes del cinco de agosto de ese mismo año. PETACCI le enviara a MARIANGELI BURGOS VIDAL un desglose detallado de las facturas y de las ventas que han tenido de forma tal que MARIANGELI BURGOS VIDAL pueda examinarlas y presentar cualquier objeción. El pago de iguala mensual no requiere informes y se pagara entre el día 1 al 5 de...

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