Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2016, número de resolución KLCE201600878

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201600878
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Junio de 2016

LEXTA20160630-099-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA-FAJARDO

PANEL VIII

SECRETARIO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS, en representación y para beneficio de: ROSALY CASTRO DONES Apelado
v.
MATICES CAFÉ CORP Y/O AZÚCAR MORENA, INC. Apelante
KLCE201600878
CERTIORARI, acogido como APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Río Grande Civil. Núm.: N3CI201500499 Sobre: Despido Injustificado, Ley 80 Procedimiento Sumario, Ley 2

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Martí, la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2016.

Ha acudido la peticionaria, Matices Café Corp. y/o Azúcar Morena, Inc. (Matices), y nos solicita la revisión de una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande.

Mediante dicho dictamen el foro de origen declaró Ha Lugar una querella por despido injustificado presentada por Rosaly Castro Dones y ordenó a Matices pagarle la suma de $19,557.20 como indemnización.

Acogemos este recurso como una apelación.

I

El tribunal apelado determinó que Matices no había contestado la querella incoada por su ex empleada.

La querellante, Rosaly Castro Dones, estuvo representada en el caso ante el foro primario por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos.

La determinación del foro de primera instancia, en el sentido de que Matices no había contestado la querella de la Sra. Castro Dones, se produjo luego de los siguientes eventos procesales:

  1. La querellante presentó su querella por despido injustificado el 7 de agosto de 2015, en la que alegó despido injustificado, reclamó horas por período de tomar alimentos, horas extras no pagadas y vacaciones.

  2. Matices fue emplazada con copia de la querella el 1 de septiembre de 2015.

  3. La querella se presentó bajo el procedimiento sumario de la Ley 2 de 17 de octubre de 1961.

  4. Originalmente Matices contestó la querella el 16 de septiembre de 2015, dentro del término de 15 días.

  5. La contestación a la querella fue devuelta a Matices por un error cometido en la parte de la comparecencia.

  6. El error consistió en que, en la primera oración del cuerpo del documento, específicamente en la comparecencia, decía: “Comparece Eco-Bottles Corp.”, en lugar de Matices.

  7. El 17 de septiembre de 2015 la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande, devolvió a Matices su Contestación a la Querella, con la siguiente advertencia: “Nos percatamos al leer la Moción dice ‘Comparece Eco-Bottles Corp.’, y verificamos en el expediente no hay ninguna parte con ese nombre”.

  8. El 21 de septiembre de 2015 Matices presentó una Contestación a Querella...

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