Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Agosto de 2016, número de resolución KLCE201600809
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201600809 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 8 de Agosto de 2016 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Criminal número: BY2015CR02201-1 BY2015CR02201-2 BY2015CR02201-3 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, la Juez Birriel Cardona y la Juez Surén Fuentes.
Birriel Cardona, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 08 de agosto de 2016.
Comparece el Sr. Ángel Colón Rivera (el Sr. Colón o el peticionario) mediante de recurso de certiorari, nos solicita la revisión de la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI) relacionada a la Moción Solicitando Información Para Solicitud de Orden, Prueba Adicional y Solicitud de Orden presentada por el peticionario. El TPI, entre otras, resuelve denegar la solicitud de entrega de documentos adicionales a la defensa por ser lo mismo impertinente a lo que se alega en la acusación y no estar relacionados directamente con los hechos del caso.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se EXPIDE el auto de CERTIORARI y se REVOCA la resolución recurrida.
Surge del expediente ante nuestra consideración que los hechos e incidentes esenciales para disponer del recurso son los siguientes:
Por hechos ocurridos el 3 y 21 de octubre de 2015, el Ministerio Público presentó tres denuncias contra el peticionario por cargos de Art. 189 y Art. 190 E del Código Penal (2012) y Art.5. 04 de la Ley de Armas, 25 LPRA Sec. 458C. Luego del trámite procesal correspondiente, el peticionario presenta Moción Solicitando Descubrimiento de Prueba de fecha 22 de enero de 2016. Luego de recibida y evaluada la prueba entregada por el Ministerio Público el Sr. Colón presenta Moción Solicitando Información Para Solicitud de Orden, Prueba Adicional y Solicitud de Orden el 14 de marzo de 2016.
Oportunamente, el Ministerio Público presenta Moción en Oposición a Solicitud de Información Adicional el 30 de marzo de 2016. El TPI señala vista el 18 de abril de 2016 donde se discuten ambos escritos. En consecuencia, el TPI emite resolución en la cual dispone lo siguiente:
· Se expide proyecto de orden a la defensa para ser diligenciado a la Liga de Baloncesto.
· No se ordena entrega de documentos adicionales a la defensa por ser los mismos impertinentes a lo que se alega en las acusaciones y no estar relacionados directamente con los hechos del caso.
· La veracidad de lo que expresó la testigo en la vista preliminar será objeto de investigación por parte del Lcdo. Riestra en el curso de su trabajo.
· La impugnación en el proceso va a depender de que la Defensa pueda contrainterrogar eficazmente a los testigos de cargo, utilizando los mecanismos que proveen las reglas.
Insatisfecho, el Sr. Colón presenta recurso de Certiorari donde señala la comisión por el TPI, del siguiente error:
ERRÓ EL TRIBUNAL AL DETERMINAR QUE LA INFORMACIÓN SOLICITADA COMO PARTE DEL DESCUBRIMIENTO DE PRUEBA NO ES PERTINENTE EN VIOLACIÓN DEL DEBIDO PROCESO DE LEY Y MENOSCABANDO EL DERECHO A JUICIO JUSTO E IMPARCIAL.
A...
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