Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Agosto de 2016, número de resolución KLCE201601480

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601480
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Agosto de 2016

LEXTA20160817-006-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA-HUMACAO

PANEL X

ROSE BURGOS OTERO
Recurrida
V.
NATIONWIDE JANITORIAL SERVICES, INC.
Peticionario
KLCE201601480
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Caso Núm. F PE2016-0065 (403) SOBRE: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, la Jueza Grana Martínez y el Juez Bonilla Ortiz.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de agosto de 2016.

La parte peticionaria, Nationwide Janitorial Services Inc., solicita que revoquemos una Resolución en la que el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Carolina, se negó a desestimar la querella presentada al amparo de la Ley de Procedimiento Sumario Laboral, Ley Núm. 2-1961, 32 LPRA sec. 3118 et seq. La resolución recurrida fue dictada el 17 de junio de 2016 y notificada el 24 de junio de 2016. La peticionaria solicitó reconsideración. El 7 de julio de 2016, el TPI notificó su negativa a la reconsideración. El 8 de agosto de 2016, la parte peticionaria presentó ante este foro Moción en auxilio de jurisdicción junto con el recurso de certiorari.

I.

Los hechos que anteceden a la presentación de este recurso son los siguientes.

El 4 de marzo de 2016 la recurrida, Rose Burgos Otero, presentó una querella por despido injustificado al amparo del procedimiento sumario laboral establecido en la Ley Núm. 2, supra.

El 11 de abril de 2016, la peticionaria solicitó la desestimación de la querella alegando que la persona que recibió el emplazamiento no es su empleado.

El TPI ordenó a la recurrida a replicar. El 17 de junio de 2016, dicho foro se negó a desestimar la querella. El dictamen fue notificado el 24 de junio de 2016. La parte peticionaria no acudió a este foro de esa determinación sino que solicitó reconsideración. El 7 de julio de 2016, el TPI notificó su negativa a la reconsideración.

Inconforme con la decisión, el 8 de agosto de 2016, la peticionaria presentó este recurso en el que hace los señalamientos de errores siguientes:

Erró el Tribunal de Primera Instancia al declarar sin lugar la solicitud de desestimación de Nationwide sin proveer una resolución fundamentada.

Erró el Tribunal de Primera Instancia al declarar sin lugar la solicitud de desestimación de Nationwide y asumir jurisdicción en este caso.

II

A

Como sabemos el...

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