Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Agosto de 2016, número de resolución KLCE201601111

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601111
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Agosto de 2016

LEXTA20160822-012-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA Y HUMACAO

PANEL X

EL PUEBLO DE
PUERTO RICO
Recurrida
v.
LUIS NEGRÓN MARTÍNEZ
Peticionario
KLCE201601111
Certiorari Procedente de la Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla Caso Núm.: A BD2010G0347 Por: ART. 198 DEL CP

Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, la Jueza Grana Martínez y el Juez Bonilla Ortiz.

Gómez Córdova, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de agosto de 2016.

I

Compareció ante nosotros Luis Negrón Martínez (peticionario o señor Negrón) mediante recurso de certiorari para solicitar que revisemos una determinación emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla (Instancia, foro primario o foro recurrido). Mediante esta determinación, el foro primario denegó una moción de reconsideración instada por el peticionario, en la cual se solicitó la enmienda de la sentencia criminal dictada en su contra. Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el auto y confirmamos el dictamen impugnado.

II

Surge del expediente original del caso que en septiembre de 2010 se presentó contra el peticionario una denuncia por el delito de robo agravado, según estaba tipificado en el Artículo 199 del Código Penal de 2004. Posteriormente se determinó causa probable para el delito y se impuso la fianza correspondiente.

A nivel de vista preliminar se encontró causa para acusar al peticionario por el delito imputado.

Luego de varios trámites, el señor Negrón hizo alegación de culpabilidad. De igual modo, acordó con el Ministerio Público declararse culpable por el delito de robo (Artículo 198 del Código Penal de 2004), en vez del robo agravado originalmente imputado, y cumplir por ello una pena de 5 años en probatoria.1

En la vista en su fondo celebrada el 28 de enero de 2011, Instancia aceptó la alegación de culpabilidad del peticionario ––al igual que las alegaciones de culpabilidad hechas por otros tres coacusados en el caso–– y a solicitud de la defensa fueron referidos a la Oficina de Probatoria para investigación y preparación de un informe pre-sentencia.

Posteriormente, la Técnico de Servicios Sociopenales a cargo de rendir el informe pre-sentencia del peticionario compareció ante el foro primario mediante un “Informe de Situación Actual” y solicitó un término adicional para rendir dicho informe.

Indicó además que el señor Negrón tenía pendiente un juicio en su fondo, señalado para el 28 de marzo de 2011, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, por delitos de robo y violaciones a la Ley de Armas.2

El foro recurrido concedió la prórroga solicitada para completarse la investigación y rendir del informe pre-sentencia.

El 20 de abril de 2011, durante la vista para dictar sentencia, la defensa informó que estaría impugnando el informe pre-sentencia3 rendido en cuanto a varios aspectos. Conforme con ello, se dejó sin efecto el señalamiento para dictar sentencia y se pautó una vista de impugnación del informe para el 17 de mayo de 2011. Llegada esa fecha, se presentó el testimonio de la Técnico de Servicios Sociopenales que rindió el informe. Tanto la defensa como el Ministerio Público tuvieron oportunidad de examinar a la testigo en corte abierta. Dado que el señor Negrón tenía pendiente un caso criminal en la Sala Superior de Arecibo, la defensa solicitó que se suspendiera el acto de lectura de sentencia en el caso del epígrafe hasta tanto se dispusiera de la acción criminal pendiente ante la Sala Superior de Arecibo.

Ante ello, el juez de instancia expuso que el caso pendiente en Arecibo no fue el único criterio considerado por la Técnico de Servicios Sociopenales para no recomendar la probatoria y además destacó que contra el señor Negrón se habían presentado varios casos criminales en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR