Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Agosto de 2016, número de resolución KLCE201501716

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201501716
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2016

LEXTA20160826-012-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

JAIME QUIGLEY COLON
Recurrido
v.
FANNIE MAE
Peticionario
KLCE201501716
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso número: DAC2014-1656 Sobre: Nulidad de Sentencia

Panel integrado por su presidente, el juez Piñero González, y las juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Birriel Cardona, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de agosto de 2016.

Mediante recurso de Certiorari comparece el peticionario “Federal National Mortgage Association” (Fannie Mae), solicita que revisemos la Resolución emitida el 30 de junio de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), la que fue notificada el 8 de julio del mismo año, y que conformemente desestimemos la causa de acción en su contra por falta de jurisdicción sobre la persona. Esencialmente, el peticionario alega que no se diligenció el emplazamiento conforme a Derecho, y como consecuencia, el TPI no tiene jurisdicción sobre su persona.

Por su parte, el Sr. Jaime Quigley Colón (el recurrido o el Sr. Quigley) se opone; alega que el emplazamiento fue diligenciado conforme a Derecho.

Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, expedimos el auto de certiorari y confirmamos la Resolución recurrida. Veamos.

-I-

En septiembre de 2007, el Sr. Jorge Dávila Cintrón (Sr. Dávila) le vendió al recurrido una propiedad localizada en Toa Baja. Un año más tarde, en septiembre de 2008, Fannie Mae interpuso una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria contra el Sr. Dávila. Este pleito fue identificado como Civil Núm.: DCD2008-2989. Mientras se dilucidaba el pleito, en el año 2009, la propiedad quedó inscrita en el Registro de la Propiedad a favor del Sr. Jaime Quigley Colón (Sr.Quigley). No obstante, a pesar de que claramente el recurrido era una parte indispensable por tener un interés propietario que pudo verse afectado por cualquier dictamen del tribunal, el Sr. Quigley no fue traído al pleito. En el año 2010 la demanda en el caso Civil Núm.: DCD2008-2989 fue declarada Ha Lugar. El tribunal dictó Sentencia en rebeldía y la propiedad fue vendida en pública subasta.1

El 19 de junio de 2014, el recurrido demanda a Fannie Mae. Alega que la Sentencia y el procedimiento post sentencia son nulos al no incluir como parte indispensable al Sr. Quigley, quien era el poseedor y titular registral de la propiedad. El recurrido también solicita un cese y desista del lanzamiento y una partida de $3,000,000.00 por concepto de daños y perjuicios. Por su parte, el 17 de agosto de 2014 la peticionaria presentó una Moción de Desestimación con Perjuicio. Alegó que el emplazamiento se realizó en las oficinas del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) y no en el “Federal National Mortgage Association”, que el mismo, le fue entregado a una persona identificada como Lcda. Teresa Pombo, quien no es empleada de Fannie Mae. Asimismo, la peticionaria alega que el diligenciamiento del emplazamiento tardó más de los 120 días establecidos en la Regla 4.3(c) de las de Procedimiento Civil...

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