Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2016, número de resolución KLCE201601220
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201601220 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Agosto de 2016 |
PANEL IX
| KLCE201601220 | Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm.: JMI20160005 Sobre: LEY DE ARMAS |
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Panel integrado por su presidente, Juez Bermúdez Torres, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Flores García.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico a 30 de agosto de 2016.
Comparece ante nosotros, mediante recurso de certiorari, el señor Jesús Benito López (en adelante “señor Benito”). Solicita la revocación de la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (en adelante “TPI”), mediante la cual el Tribunal le ordenó tramitar a través de la Policía de Puerto Rico su solicitud a los efectos de que se le devolviera su licencia de portación y tiro al blanco, así como sus armas de fuego, municiones y cargadores que le fueron confiscados.
Examinados los escritos presentados, así como el derecho aplicable, acordamos denegar la expedición del auto de certiorari.
Surge del expediente ante nuestra consideración que el 17 de noviembre de 2015 se presentaron dos Denuncias contra el señor Benito. En una se le imputó tener “167 municiones calibre 357 sin tener al efecto una licencia expedida por el Jefe de la Policía de Puerto Rico ni por el Honorable Tribunal.
[…]”. En la segunda se le imputó tener “tres (3) municiones calibre 7.62X39.
sin tener al efecto una licencia expedida por el Jefe de la Policía de Puerto Rico ni por el Honorable Tribunal. [...]”
De los documentos se desprende que ninguna de las dos Denuncias prosperó en la vista para determinación de causa para arresto. Tampoco procedieron en alzada, pues ambas fueron desestimadas por violaciones a los términos de juicio rápido. Así, el 30 de marzo de 2016, el señor Benito presentó una Moción en Solicitud de Orden en la que, en síntesis, le pidió al TPI que le ordenara a la Policía de Puerto Rico la devolución de la licencia, las armas y las municiones que le ocupó, toda vez que la incautación se hizo sin orden judicial a tales efectos. El TPI le respondió que debía tramitar su reclamo a través de la Policía de Puerto Rico.
Inconforme con esa respuesta, el señor Benito acudió ante nosotros mediante el recurso de certiorari de epígrafe, en el cual le imputa al TPI haberse equivocado al denegar su solicitud de devolución de la licencia de armas y de las armas de fuego, pues entiende que ello atenta contra su derecho constitucional a...
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