Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2016, número de resolución KLAN201600606

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201600606
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016

LEXTA20160928-003-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL CAROLINA-HUMACAO

PANEL X

LEONCIO FIGUEROA POR SÍ COMO CONDOMINO DEL CONDOMINIO LAGUNA GARDENS II; COMO PRESIDENTE DE LA JUNTA DE DIRECTORES DEL CONDOMINIO LAGUNA GARDENS II Y/O LA ASOCIACIÓN DE RESIDENTES DEL CONDOMINIO LAGUNA GARDENS II Y SU JUNTA DE DIRECTORES Apelantes
v.
MAPFRE INSURANCE COMPANY PUERTO RICO, INC. (PRAICO) Apelada
KLAN201600606
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Carolina Civil. Núm. F DP2012-0232 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, la Jueza Grana Martínez y el Juez Bonilla Ortiz.

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2016.

Comparece ante nos el Consejo de Titulares del Condominio Laguna Gardens II mediante un recurso de apelación presentado el 6 de mayo de 2016 en el cual solicitaron la revisión de una sentencia sumaria dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, que desestimó una demanda en daños y perjuicios.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, CONFIRMAMOS

la sentencia sumaria apelada.

I.

Los hechos que inician este pleito se remontan a junio de 2009 cuando el Condominio Laguna Gardens II, a través de su Junta de Directores, suscribió un contrato con Idea Development Group, Inc. (Idea) para la reparación de unos daños estructurales del condominio. El contrato fue suscrito por José E. Morales, vicepresidente de Idea Development Group y por la Sra. Aissha Hernández Ramos, presidenta de la Junta de Directores del Condominio Laguna Gardens II. Al momento de las negociaciones y firma del contrato con Idea, la Junta de Directores del Condominio Laguna Gardens II estaba compuesta por:

Aissha Hernández, presidenta

Carlos Sariol, vicepresidente

Edith Rivera, tesorera

Marinelle Vargas, secretaria

Zaira Rivera, vocal

María Ruiz de Soto, vocal

Zayra Caraballo, vocal

Carlos Correa, vocal

Rafael Vázquez, vocal

Entre el 16 de enero de 2009 y el 11 de noviembre de 2009, la Junta de Directores desembolsó la cantidad total de $187,701.37 a Idea Development. Sin embargo, esta nunca realizó obra alguna a cambio del dinero pagado. Posteriormente, Idea Development ignoró las comunicaciones realizadas por la Junta en las que se le solicitaba el estatus de la construcción de la obra pactada.

Por los hechos resumidos anteriormente, el Consejo de Titulares del Condominio Laguna Gardens II entabló demanda contra Idea Development Group Corp. y otros por incumplimiento de contrato, daños y perjuicios y cobro de dinero.1

En dicho pleito se dictó sentencia en la que se declaró ha lugar la demanda incoada por el Consejo de Titulares. Al presente, la cantidad reclamada a Idea Development no ha sido recobrada porque la compañía no compareció ante el tribunal ni se han encontrado bienes para ejecutar dicha sentencia.

El 31 de enero de 2011, se celebró una Asamblea Ordinaria en la que se escogió a la nueva Junta de Directores que quedó compuesta por:

Orlando Calderón, Presidente

Zayra Caraballo, Vice-Presidenta

Sonia López Ayoroa, Secretaria

Leoncio Figueroa, Tesorero

Víctor Rodríguez, Vocal

Tadeo Negrón, Vocal

Lucy Rey, Vocal

Yesenia De Leon, Vocal

Rafael Vázquez, Vocal

Posteriormente, algunos condóminos solicitaron a la Junta de Directores, presidida por el Sr.

Calderón, que presentara una reclamación contra Mapfre Insurance Company (Mapfre) por el error cometido por la Junta de Directores presidida por la Sra.

Hernández.2

Así, el Sr. Calderón alegadamente convocó verbalmente a los titulares para que pasaran por las oficinas administrativas del condominio para reclamar a Mapfre por los errores de la Junta de Directores anterior, presidida por la Sra.

Hernández. Luego de esto, el Sr. Calderón renunció a la presidencia de la Junta de Directores y advino presidente el Sr. Leoncio Figueroa.

El 19 de junio de 2012, el Sr. Leoncio Figueroa en su carácter de condómino del Condominio Laguna Gardens II y como presidente de la Junta de Directores del Condominio Laguna Gardens II, el Consejo de Titulares del Condominio Laguna Gardens II y la Junta de Directores de dicho condominio (los apelantes) presentaron la demanda en daños y perjuicios contra Mapfre. En la demanda se alegó que Mapfre incumplió los términos y condiciones de una póliza de seguro emitida a favor de la Junta de Directores por errores y omisiones en el desempeño de su cargo. Al momento de la presentación de la demanda, la Junta de Directores estaba compuesta por:

Leoncio Figueroa, Presidente

Zayra Caraballo, Vice-Presidenta

Yecenia De León, Secretaria

Rafael Vázquez, Tesorero

Víctor Rodríguez, Vocal

Sonia López de Ayoroa, Vocal

Tadeo Negrón, Vocal

Lucy Rey, Vocal

En la demanda se responsabilizó a la Junta presidida por Aissha Hernández de ignorar las recomendaciones del asesor del condominio, de autorizar cheques en contravención a las cláusulas del contrato suscrito con Idea, y de no proteger los mejores intereses de los titulares. Finalmente los apelantes alegaron en la demanda que la compañía aseguradora era responsable por los errores u omisiones de los anteriores oficiales y directores y por tanto reclamaron daños por $187,701.37.

Mapfre contestó la demanda en la que negó las alegaciones allí esbozadas. Alegó que la reclamación incoada no estaba cubierta por la póliza “Not for profit Directors and Officers Liability Insurance Policy”, número CBP-0086522309, de acuerdo a sus condiciones y exclusiones.

Culminado el descubrimiento de prueba, el 1 de abril de 2015, MAPFRE presentó una Moción de Sentencia Sumaria en la que alegó que no existía controversia de hechos en cuanto a que la póliza expedida no cubría la presente causa de acción. Fundamentó su denegatoria en la exclusión “O” de la póliza que prohíbe los pleitos de asegurado a asegurado:

Exclusión O:

This Insurance does not apply to any “Claim”:

O.

Brought or maintained by or on behalf of any “insured” except if a “claim” that is a derivative action brought or maintained on behalf of the “insured organization”

by one or more persons who are not “insured...

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