Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2016, número de resolución KLAN201501389

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501389
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016

LEXTA20160929-001-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS Y HUMACAO

PANEL X

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado
v.
YAMINELY PARRILLA MACHÍN
Apelante
KLAN201501389
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Núm.: E1VP2014G0028 y otros Por: Inf. Art. 93 C.P. de 2012 y otros

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí, la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir.

Brignoni Mártir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2016.

Comparece ante nos Yaminely Parrilla Machín (Yaminely o apelante), y nos solicita que dejemos sin efecto la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 7 de agosto de 2015. En el aludido pronunciamiento, el foro sentenciador la halló culpable de los delitos de asesinato en segundo grado, tentativa de asesinato y violación al Artículo 5.05 de la Ley de Armas.

Consecuentemente, la apelante fue sentenciada a una pena de 50 años en libertad a prueba por infracción al Artículo 93 del Código Penal de 2012, infra, a ser cumplidos de forma concurrente con la pena de 20 años por el delito de tentativa al Artículo 93 (A) del Código Penal de 2012, infra. Además, ambas penas están supuestas a ser cumplidas de forma consecutiva con la pena de 6 años naturales de cárcel por violación al Artículo 5.05 de la Ley de Armas, infra.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma la Sentencia apelada, no sin antes ofrecer un breve trasfondo fáctico del caso.

Veamos.

I

Por hechos ocurridos el domingo 30 de marzo de 2014, el Ministerio Público presentó sendas acusaciones contra la apelante, Yaminely, por violaciones al Artículo 93 del Código Penal de 2012, 33 LPRA sec. 5142; por tentativa de asesinato estatuída en el Artículo 93 (A) del Código Penal, supra, y violación al Artículo 5.05 de la Ley de Armas, 25 LPRA sec. 458d, por portar ilegalmente un arma blanca.

El juicio en su fondo se realizó los días 5 de febrero; 2, 3, 4, 5, y 6 de marzo, y el 27, 28 y 29 de abril de 2015. En el mismo, el Ministerio Público ofreció los testimonios de Yajaira E. Camacho Hernández, de Juleshka de Jesús Camacho, y de Nashaly Castro Marín. El Ministerio Público puso a disposición de la defensa al agente Marcos Córdova Vázquez y a Christian Delgado Pacheco, cuyos testimonios no fueron requeridos por las partes. Por otro lado, las partes estipularon que el Agente Martínez, del CIC de Homicidios de Caguas, fue quien preparó el croquis de la escena. También estipularon que el doctor Quirico M. Canario del Centro Médico de Río Piedras testificaría sobre sus anotaciones en los récords médicos de las dos (2) perjudicadas del caso y que la patóloga Rosa M. Rodríguez Castillo declararía sobre lo contenido en el Informe Médico Forense de Nashaly de Jesús Camacho. Otras estipulaciones incluyeron que el agente Elvin Adams Matías, del Distrito de Juncos, fue el custodio de la escena en horas de la noche del 30 de marzo de 2014, y que el agente José Carlos Fernández de la División de Homicidios, fue el agente investigador que entrevistó a los testigos, sometió el caso a nivel de Regla 6 y visitó la escena. De la misma forma, fueron estipulados los siguientes documentos: récord médico de Nashaly Castro Marín (Exhibit 1); Récord Médico de Nashaly de Jesús Camacho (Exhibit 2); Informe Médico Forense, PAT-1388-17 de Nashaly de Jesús Camacho (Exhibit 3), y croqui realizado por el Agente Martínez del CIC de Caguas (Exhibit 4).

En particular, Yajaira E. Camacho Hernández1

(Yajaira), declaró que el 30 de marzo de 2014, residía en Placita III, Parcelas Nuevas de Juncos, junto a su esposo Rafael de Jesús y sus hijos Juleshka de Jesús Camacho2

(Juleshka), Joshua de Jesús Camacho (Joshua), Nashaly de Jesús Camacho3

(Nashaly de Jesús), y su nieto Krisnael, hijo de Nashaly de Jesús4.

Sobre su residencia, Yajaira indicó que la propiedad está más elevada que la carretera y que dentro de su propiedad, en la parte del frente, tiene una bajadita en cemento y un portón en rejas. También indicó que había una acerita que daba acceso a la entrada del frente de su casa, que la misma está dentro de la propiedad y que tiene una fuente cerca de la acerita5.

Ese mismo día, 30 de marzo de 2014, aproximadamente a las 11 a.m, Yajaira y su esposo acudieron al cumpleaños de su hijo Joshua y de una sobrina. Según relató, su hija Nashaly de Jesús se regresó a su casa como a las 5:30 p.m., con su hijo Krisnael, su compañero Christian Delgado Pacheco6

(Christian), su hermana Juleshka, y la amiga de Nashaly de Jesús, cuyo nombre es Nashaly Castro Marín (Nashaly Castro). Yajaira sostuvo que ella se fue de la fiesta aproximadamente 15 minutos después junto a su esposo y su hijo7.

Al llegar Yajaira a su casa observó que Juleshka estaba sentada en una sillita en el área de la acerita que da acceso a la entrada principal de su casa8.

Además, Nashaly de Jesús y Nashaly Castro estaban sentadas en el piso. De otra parte, observó que Christian estaba trabajando en el área de la fuente de la casa. Según la testigo, su esposo se fue rápido porque iba para la iglesia en Caguas. Yajaira afirmó que ella entró a la casa para el área de la cocina y el comedor que están juntos.9

Igualmente, indicó que vio cuando su hija Nashaly entró a la casa y preparó “popcorn”

y le llevó a los que estaban a fuera. Mientras tanto, Yajaira se quedó pendiente a lo que ocurría afuera y los observaba desde la ventana del comedor10.

Manifestó que se quedó pendiente porque habían ocurrido incidentes previos entre las partes del caso de epígrafe.

Yajaira sostuvo que también observó que doña Yolanda, Jennifer, Yaminely, Jason y la niña Érica, hija de Jennifer, estaban en la marquesina de su respectiva residencia. Según Yajaira, entre su residencia y la de Yolanda hay una carretera de dos carriles11.

También relató que en un momento dado observó cuando Jennifer se montó en el lado del conductor de su vehículo Toyota Corolla, color negro, de cuatro puertas12.

Yaminely, Jennifer, Jason, Yolanda y Érika también se montaron en el vehículo.

Yajaira no recuerda en qué parte del carro se montaron Jason ni Yolanda.

Según Yajaira, lo próximo que vio fue que Jennifer comenzó a conducir su vehículo y en vez de pasar por el carril que le corresponde, pasó por el carril contrario que queda frente a su residencia13.

Además, indicó que, al pasar por el reductor de velocidad que queda frente a su casa, Jennifer gritó “puta” hacia donde estaba Nashaly Castro. Yajaira sabe que fue Jennifer quien gritó porque la vio desde la ventana14.

Luego dijo que Nashaly Castro se levantó del piso y le contestó “porque no me lo dices aquí, que por qué no se lo gritaba donde ella estaba…”15.

Según el relato de la testigo, Jennifer comenzó a dar reversa y se detuvo frente a casa de Yajaira y le dijo a Nashaly Castro: “esto se acaba aquí, esto se acaba ahora”16.

Acto seguido, Jennifer se bajó del vehículo y Jason también. Según relató, este último dijo “aquí no se va a meter nadie”17.

Jennifer entonces le dice a Nashaly Castro, en tono alto y actitud agresiva, “esto se acaba aquí, tú y yo vamos a pelear”18.

Según Yajaira, Nashaly Castro le dijo que sí pero que nadie se metiera. Yaminely y Yolanda también se bajaron del carro. Su hija Nashaly de Jesús se paró al lado izquierdo de Nashaly Castro. Entonces, Yaminely le dijo a su hija, Nashaly de Jesús, “y tú vas a pelear conmigo”19.

Según Yajaira todo ocurrió rápidamente.

Yajaira indicó que vio que la señora Yolanda también comenzó a pegarle a Nashaly Castro por dondequiera que la cogía20.

Entonces vio cuando Yaminely agarró por el pelo a su hija, Nashaly de Jesús, y vio que esta última le tiró un puño a Yaminely. La testigo manifestó que cambió su mirada y vio a Yolanda como que se iba hacia su casa y cuando volteó la mirada vio que su hija venía doblada y le decía “mami Yaminely tiene algo, me apuñaló”. Según continuó el relato, su hija lloraba y se ponía sus manos en la parte del pecho debajo del busto21.

Sostuvo que entonces se desesperó y le preguntaba a su hija si estaba bien y ella le respondía que no podía respirar y que le dolía mucho22.

Luego su hija se sentó después del portón de su casa.

Yaminely se dirigió hacia Jennifer y Nashaly Castro, quienes todavía se encontraban peleando, y comenzó a apuñalar a Nashaly Castro por todas partes23.

Entonces sostuvo que le empezó a gritar a Jennifer que por favor soltara a Nashaly Castro. Jennifer tenía agarrada a Nashaly Castro mientras Yaminely la apuñalaba24.

Ahí vio cuando Yolanda venía con una “pata de cabra” hacia Nashaly Castro. Yajaira dijo que de momento vio a Christian que salía de dentro de la casa con un bate y que se dirigió hacia Nashaly Castro, Jennifer, Yaminely y Yolanda y comenzó a decirle a Jennifer “suéltala, suéltala”25.

Christian llevó a Nashaly Castro, quien estaba toda ensangrentada, hacia donde estaba Yajaira con Nashaly de Jesús y procedió a decir que se fueran para el hospital.

Yajaira manifestó en su testimonio que Christian montó a Nashaly Castro en la parte de atrás del vehículo de Yajaira y luego montó a Nashaly de Jesús en la parte del frente del carro. Según la testigo, la pelea duró entre 57 o 58 segundos y todo fue bien rápido26.

Acto seguido, se dirigieron al CDT de Juncos. De conformidad con lo relatado por Yajaira, Nashaly Castro le decía a Nashaly de Jesús que aguantara. Nashaly de Jesús le decía que no podía respirar, que se sentía mal, que no quería morir y le pidió a Christian que por favor cuidara de su hijo27.

Por otro lado, manifestó que Nashaly Castro tenía sangre en todas partes. Luego arribó la ambulancia al CDT y fueron transportadas a Centro Médico. Yajaira indicó que Nashaly Castro entró primero a cirugía y luego entró su hija, Nashaly de Jesús, quien falleció posteriormente28.

Yajaira admitió que no cerró el portón cuando Nashaly Castro gritó, ni les dijo a sus...

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