Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2016, número de resolución KLCE201601605

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601605
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016

LEXTA20160929-035-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL ESPECIAL

JOSÉ MIGUEL TORRES DELGADO, DELIA ELVIRA TORRES DELGADO
Peticionarios
v.
BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, OFICINA DEL COMISIONADO DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
Recurridos
KLCE201601605
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil. Núm.: J CD2016-0276 (601) Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Martí, la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir

Coll Martí, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2016.

Comparece el Sr. José Miguel Torres Delgado y la Sra. Delia Elvira Torres Delgado (parte peticionaria) y nos solicitan que revoquemos una resolución interlocutoria emitida el 8 de junio de 2014, notificada el 14 del mismo mes y año. Mediante la aludida determinación, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, impuso una fianza de no residente por la cantidad de mil dólares ($1,000).

Inconforme, la parte peticionaria presentó una solicitud de reconsideración que fue resuelta en su contra el 20 de julio de 2016 y notificada el 3 de agosto de 2016. Por los fundamentos que discutiremos, se deniega el auto de Certiorari solicitado.

Veamos los hechos pertinentes.

I

El 11 de abril de 2016, la parte peticionaria presentó una demanda sobre cobro de dinero en contra del Banco Santander de Puerto Rico (Banco Santander), el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA) y a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF). En síntesis, reclamaron el pago de dos (2) certificados de depósito 005003735054 y 005003735062 por las sumas de $20,000 y $100,000. La parte peticionaria alegó que Banco Santander transfirió los mencionados fondos a la OCIF de forma prematura e ilegal y que a su vez, la OCIF depositó dichos fondos en el Departamento de Hacienda sin autoridad para ello. Posteriormente, la parte peticionaria desistió sin perjuicio de la causa de acción en contra del ELA y la OCIF.

Así las cosas, el Banco Santander presentó una “Petición de Fianza de Demandante No Residente” en la que adujo que la demandante, Sra. Delia Elvira Torres Delgado, reside en el Estado de Texas de Estados Unidos. Por consiguiente, solicitó la imposición de una fianza en una suma no menor de $1,000, de conformidad con la Regla 69.5 de Procedimiento Civil.

En...

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