Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Octubre de 2016, número de resolución KLAN201601381

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601381
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2016

LEXTA20161018-006-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS-UTUADO

PANEL VII

JOSÉ ÁNGEL BERDECÍA CASTELLANO Y OTROS
Apelante
V.
RAFAEL ALBERTO BENNAZAR VICENS
Apelado
KLAN201601381
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado Caso Núm.: L AC2011-0051 Sobre: ACCIÓN NEGATORIA DE SERVIDUMBRE Y DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí; la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de octubre de 2016.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones el señor José Ángel Berdecía Castellano y otros (en adelante, los apelantes) mediante el recurso de apelación de epígrafe y nos solicitan la revocación de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado, el 1 de julio de 2016 y notificada el 8 de julio de 2016. Mediante la referida Sentencia el foro primario declaró No Ha Lugar la Demanda y Ha Lugar la Reconvención interpuesta por la parte demandada apelada.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso de apelación de epígrafe, por carecer de jurisdicción en esta etapa de los procedimientos, ello debido a la presentación prematura del mismo. En consecuencia, se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para que dicho foro emita la correspondiente notificación, de conformidad con lo aquí dispuesto. Ello no obsta para que la parte demandante apelante acuda nuevamente ante este foro revisor, dentro del término reglamentario, luego de que el foro primario actúe conforme a lo aquí dispuesto.

I

Según surge del expediente ante nos, el 18 de noviembre de 2011, la parte demandante apelante presentó una Demanda en contra de Rafael Alberto Bennazar Vicens (en adelante, parte apelada o señor Bennazar Vicens) sobre acción negatoria de servidumbre y daños perjuicios. En la referida Demanda, los demandantes alegaron ser dueños de una propiedad localizada en el barrio Yahuecas de Adjuntas, que colinda con la propiedad del demandado, a quien según los demandantes, le habían estado permitiendo el paso para acceder al camino principal. Los demandantes adujeron que para el 30 de abril de 2010, le solicitaron al demandado que dejara de usar su propiedad para salir a la carretera, debido a que estaban en proceso de venderla. Según los demandantes, la propiedad del demandado no estaba enclavada y tenía acceso directo a la carretera principal desde su misma propiedad.

Los demandantes alegaron además, que el demandado no tenía ningún derecho propietario sobre el predio que utilizaba para llegar al camino principal y que tampoco ha adquirido servidumbre de paso. En consecuencia, los demandantes reclamaron daños, por haberse frustrado la venta de la propiedad y por lo cual, alegan haber perdido dinero, así como pérdida del valor de la propiedad.

Por su parte, el señor Bennazar Vicens, presentó Contestación a Demanda y Reconvención el 17 de enero de 2012.

Luego de varios incidentes procesales, el 29 de abril de 2016, se celebró la Vista en su Fondo. Aquilata la prueba testifical, así como la prueba documental, el foro de primera instancia emitió Sentencia el 1ro de julio de 2016, notificada el 8 de julio de 2016. Mediante el aludido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la Demanda y Ha Lugar la Reconvención interpuesta por la parte demandante.

Inconforme con la referida determinación, el 30 de julio de 2016, la parte demandante apelante presentó escrito titulado Solicitud de Reconsideración y para que se Formulen Determinaciones de Hecho Adicionales y para...

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