Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Octubre de 2016, número de resolución KLAN201601059
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201601059 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2016 |
| | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D CD2014-2689 Sobre: Cobro de dinero y ejecución de hipoteca. |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Domínguez Irizarry y la Jueza Romero García.
Jiménez Velázquez, jueza ponente.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de octubre de 2016.
Mediante la Sentencia emitida el 24 de mayo de 2016, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, acogió la Demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria presentada por DLJ Mortgage Capital, Inc. En su consecuencia, ordenó al matrimonio apelante satisfacer ciertas sumas y, de ser necesaria, la venta en pública subasta de la propiedad en cuestión. Este dictamen fue debidamente notificado el 26 de mayo de 2016.
En desacuerdo, el señor Enrique Guillermo Cruz Colón, su esposa Vivian López Álvarez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta, presentaron oportuna1 y conjuntamente una Moción de reconsideración y solicitud de determinaciones de hechos y de derecho adicionales. En virtud de la Resolución del 20 de junio de 2016, el foro de instancia declaró No ha lugar dicha moción.2
Tal denegatoria fue notificada el 29 de junio de 2016, únicamente
mediante el formulario OAT-082.
El 27 de julio, el matrimonio demandado apeló la aludida Sentencia. El 6 de septiembre de 2016, DLJ Mortgage Capital, Inc., presentó su alegato.
Luego de evaluar el tracto procesal antes reseñado, y en atención a la jurisprudencia aplicable, desestimamos la apelación de epígrafe.
A la luz de la Opinión mayoritaria de Myrna E. Berríos Fernández v. Hiram Vázquez Botet, 196 DPR ___ (2016), 2016 TSPR 187, Opinión del 18 de agosto de 2016, emitida por el Juez Asociado Estrella Martínez,3 y casos allí citados, no existe un formulario único que incorpore el dictamen emitido por el Tribunal de Primera Instancia cuando se presenta conjuntamente una moción de reconsideración y una solicitud de determinaciones de hechos iniciales o adicionales, según lo requiere la Regla 43.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V. Ante la ausencia de un...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba