Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Octubre de 2016, número de resolución KLCE201601186
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201601186 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2016 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Menores y Familia de Bayamón Civil Núm.: D DI1997-0401 Sobre: Divorcio (Cobro pensión alimentaria). |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Domínguez Irizarry y la Jueza Romero García.
Jiménez Velázquez, jueza ponente.
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de octubre de 2016.
El señor Ismael Crespo Legarreta recurrió ante nos el 27 de junio de 2016, y nos solicitó la revocación de la determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Relaciones de Familia y Menores de Bayamón, en virtud de la cual se le ordenó presentar la evidencia de pago de cierta suma en concepto de pensión alimentaria y de gastos escolares. Además, se le apercibió que, en caso de incumplimiento, el tribunal señalaría la correspondiente vista de desacato.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, denegamos la expedición del certiorari. Veamos.
El recurso que nos compete halla su origen en la Moción para solicitar el desacato, presentada el 5 de mayo de 2016 por la joven Krishnet Crespo Meléndez, quien advino a la mayoridad el 27 de febrero de 2016. En su moción, la joven Crespo Meléndez adujo que su padre, el señor Ismael Crespo Legarreta, quien alegó poseer capacidad económica, le adeudaba $13,940.46 en concepto de deuda de pensión alimentaria.1
Además, arguyó que el señor Crespo Legarreta debía el pago de matrícula de la Universidad del Sagrado Corazón, así como de la Universidad de Nueva York (NYU). La joven Crespo Meléndez solicitó el pago de las pensiones adeudadas y de los gastos universitarios, por lo cual había recibido facturas de cobro y no podía obtener sus transcripciones universitarias. Según Crespo Meléndez, su padre tampoco había cumplido con el pago de $2,600 mensuales a partir de abril de 2016, según le fuera ordenado, por lo que debía $5,200 en concepto de los meses de abril y mayo de 2016. En fin, esta solicitó que el señor Crespo Legarreta fuese hallado incurso en desacato, luego de que el tribunal celebrara la vista a esos fines.
El señor Crespo Legarreta se opuso a la solicitud de su hija. Indicó que el tribunal había accedido a su...
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