Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2016, número de resolución KLRA201501155

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201501155
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2016

LEXTA20161031-0133-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

ROLANDO SILVA IGLESIA
Recurrente
v.
POLICÍA DE PUERTO RICO
Recurrida
KLRA201501155
Revisión procedente de la Policía de Puerto Rico
Caso Núm.:
SAIC-NILIAF-1-0277
Sobre:
Revocación de Licencia de Armas y sus Permisos

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2016.

El señor Rolando Silva Iglesia (Recurrente) comparece ante nosotros mediante revisión judicial. Solicita que revoquemos la Resolución de 27 de agosto de 2015 de la Policía de Puerto Rico (Policía) que revocó su Licencia de Armas 22539, Tiro al Blanco 22736 y portación Policía 8365-14284. Por los fundamentos que expresamos a continuación, confirmamos.

Mediante Informe del Oficial Examinador (Informe) fechado el 13 de agosto de 2015, el Comandante Jaime J.

Mont recomendó revocarle al Recurrente la Licencia de Armas 22539, Tiro al Blanco 22736 y portación Policía 8365-14284 debido a su reiterada negligencia en el manejo de sus armas de fuego. Surge de dicho Informe que el Recurrente no supo que le fue hurtada la pistola marca Sig Sauuer, calibre 9mm, serie U455253, hasta que el 23 de agosto de 2013 el Sgto.

José A. Rivera Nieves (Sgto. Rivera) lo entrevistó luego de que dicha arma fuera ocupada en una intervención de la Policía Municipal de Guaynabo en el año 2011.

Por su parte, el Recurrente adujo que hacía cuatro (4) años contrató a un armero –de quien no tenía ninguna información- para el mantenimiento de sus armas; que finalizado el servicio y transcurridos cuatro (4) años nunca verificó que todas sus armas estuviesen en la caja de seguridad. Cabe destacar que, ese mismo 23 de agosto de 2013, el Recurrente le informó al Sgto. Rivera que iba a presentar una querella por el hurto reciente de otras dos (2) armas, a saber: pistola Beretta serie A30219Y calibre .380 y revólver Smith & Wesson serie D749615 calibre 38.

Celebrada la vista administrativa, el Oficial Examinador recomendó la revocación de las tres licencias de armas del Recurrente. Mediante Resolución de 27 de agosto de 2015, la Policía acogió el Informe y revocó las licencias de armas del Recurrente. No conforme, el Recurrente acude ante este Tribunal mediante Revisión Judicial. Señaló como error que los...

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