Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2016, número de resolución KLAN201601419

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601419
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2016

LEXTA20161031-058-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de SAN JUAN - FAJARDO

PANEL IV

FRANCISCO RODRÍGUEZ HERRERA Apelante v. E.L.A. de PUERTO RICO Apelado
KLAN201601419
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm.: J DP 2013-0426 Daños

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Cintrón Cintrón, la Juez Rivera Marchand y el Juez Sánchez Ramos. La Jueza Jiménez Velázquez no interviene.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2016.

El señor Francisco Rodríguez Herrera (señor Rodríguez) compareció ante este foro intermedio en recurso de apelación para que revisemos y revoquemos la sentencia desestimatoria que el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Ponce, emitió el 22 de agosto de 2016. Transcurrido en exceso del término para presentar el alegato en oposición sin que la Procuradora General compareciera, damos por sometida la causa y procedemos a resolver en los méritos. Por entender que el foro a quo erró en su proceder, revocamos el dictamen apelado.

Veamos los antecedentes fácticos y el tracto procesal de la causa de epígrafe.

Dado a que el recuento de los hechos del TPI es uno detallado y no existe controversia sobre la secuencia de los eventos allí relatados, procedemos a adoptarlos y hacerlos formar parte de la presente sentencia.

I

El 25 de septiembre de 2013, el Sr. Francisco Rodríguez Herrera, quien se encuentra confinado en la Institución de Máxima Seguridad de Ponce, en adelante la parte demandante, presentó ante este Tribunal un escrito por derecho propio, titulado “Reconsideración del Remedio Núm. #MA-251-13, Caída en Área de Trabajo, Demanda en Daños y Perjuicios en Solicitud de Compensación Económica no Menos de $25,000.00”. En el epígrafe del mismo aparecen como partes demandadas el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Administración de Corrección, el Superintendente Nicanor, el Sargento Bonilla y el Comandante Pérez Rentas, entre otros codemandados.

El referido escrito, pese a estar dirigido, según surge claramente de su encabezamiento, alegaciones y súplicas, al Honorable Tribunal de Apelaciones, fue presentado ante este Tribunal de Primera Instancia. La parte demandante alega en síntesis que el Tribunal de Apelaciones carece de jurisdicción y competencia para atender su caso y su escrito es una solicitud a dicho Tribunal de Apelaciones para que se declare sin jurisdicción.

Las partes codemandantes Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Administración de Corrección y el Sr. Nicanor Caro Delgado, fueron emplazadas con copia del referido escrito el 7 de octubre de 2013. Por su parte, los codemandados Sr.

Gilberto Pérez Rentas y el Sr. José Bonilla Aguirre fueron emplazados el 30 de septiembre de 2013, y el 30 de octubre de 2013, respectivamente.

El 4 de abril de 2014, las partes codemandadas, Estado Libre Asociado de Puerto Rico (Administración de Corrección), Sr. Nicanor Caro Delgado, Sr. Gilberto Pérez Rentas, y Sr. José Bonilla Aguirre, presentaron ante este Tribunal una “Moción en Solicitud de Desestimación”, mediante la cual solicitaron que se desestimara con perjuicio la solicitud presentada por la parte demandante en el caso de epígrafe, al amparo...

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