Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2016, número de resolución KLCE201601456

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201601456
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2016

LEXTA20161031-079-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON-AIBONITO

PANEL VI

MANUEL FREIJE BETANCES
Recurrido
v.
ARIEL FREIJE BETANCES, Y OTROS
Peticionarios
KLCE201601456
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D AC2015-0277 Sobre: Acción Derivativa, Nulidad Escrituras, Cobro de Dinero, Daños y Prejuicio

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, el Juez Rivera Colón y la Juez Surén Fuentes.

Piñero González, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2016.

Comparecen el señor Ariel Freije Betances, el señor Ariel Freije Ortiz, y Manuel Freije Arce, Inc., (la parte peticionaria) mediante la petición de certiorari de título presentada el 4 de agosto de 2016. Solicitan que se expida el auto y se revoque la Resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), el 24 de noviembre de 2015, notificada el 11 de diciembre de 2015. Mediante ese dictamen se declara No Ha Lugar la Moción de Desestimación presentada por la parte peticionaria el 23 de abril de 2015.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, DENEGAMOS la expedición del auto de certiorari solicitado.

I.

El señor Manuel Freije Betances (el recurrido) presenta Demanda sobre Acción Derivativa, Nulidad De Escrituras, Cobro De Dinero, y Daños y Perjuicios el 2 de febrero de 2015 en contra del señor Ariel Freije Betances; el señor Ariel Freije Ortiz; Manuel Freije Arce, Inc.; Inmobiliaria Freije & Freije, Inc.; y otros.

Surge de la Demanda que el demandante, aquí recurrido, es dueño del cincuenta por ciento (50%) de las acciones emitidas y en circulación de Inmobiliaria Freije & Freije, Inc, (IF & F, Inc.) y además, es su Presidente. Por su parte, el señor Ariel Freije Betances es tituar del restante cincuenta por ciento (50%) de las acciones emitidas y en circulación de IF & F, Inc. y además, es su Secretario. A su vez es éste dueño del cien por ciento (100%) de las acciones emitidas y en circulación de Manuel Freije Arce, Inc.

De acuerdo con las alegaciones de la Demanda, el recurrido busca vindicar los derechos de IF & F, Inc. como dueña y arrendadora de una parcela de terreno localizada en Cataño, Puerto Rico, la cual está ocupando la corporación Manuel Freije Arce, Inc. Mediante dicho reclamo se impugna la validez de varias Escrituras; se solicita el resarcimiento de deudas por concepto de cánones de arrendamiento y se alegan daños en disminución del valor del patrimonio de la corporación IF & F, Inc.

Los aquí peticionarios, el señor Ariel Freije Bentances; el señor Ariel Freije Ortiz; y Manuel Freije Arce, Inc., presentan el 23 de abril de 2015 Moción de Desestimación al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 10.2. Aducen que la Demanda dejar de exponer una reclamación que justifique la concesión de un remedio. Indican que en efecto el señor Ariel Freije Bentances es accionista y codueño del cincuenta por ciento (50%) de las acciones de IF & F, Inc.; y que dicha corporación ha sido incluida como demandada sin que se hiciera alegación alguna en su contra. En vista de ello, reiteran que el señor Ariel Freije Betances se reserva el derecho de hacer cualquier alegación que entienda necesaria para salvaguardar los derechos de la corporación.

En la Moción de referencia plantean -en síntesis- que el recurrido no tiene legitimación activa para reclamar a nombre de la corporación IF & F, Inc. un resarcimiento por alegadas deudas de cánones de arrendamiento o daños en disminución de valor del patrimonio de la corporación. Añaden que tampoco procede la acción derivativa en atención a que el señor Manuel Freije Betances no cumplió con el requisito de agotar los remedios existentes en la corporación ni ha demostrado que el agotamiento de dichos remedios es fútil.

El recurrido por su parte presenta Oposición a Moción de Desestimación ante el TPI en donde plantea que tiene legitimación activa para presentar la Demanda. Sostiene que la misma no es un reclamo para sí, sino que es una reivindicación de los derechos de la corporación IF & F, Inc., puesto que el otro accionista y miembro de la Junta, el señor Ariel Freije Betances, no ha reclamado debido a su negligencia, incompetencia y/o conflicto de intereses entre ambos. En cuanto a la acción derivativa, manifiesta que el agotar los remedios intracorporativos constituye un esfuerzo fútil porque el otro miembro de la Junta de Directores es el codemandado, aquí peticionario, señor Ariel Freije Betances. También que de la Demanda surgen suficientes hechos para creer que el señor Ariel Freije Betances no hubiera tenido interés en convocar tal reunión de la Junta, por razón de que jugó un papel protagónico en la otorgación de las Escrituras impugnadas.

Sobre los temas mencionados el TPI emite Resolución el 24 de noviembre de 2015, notificada el 11 de diciembre de 2015. En cuanto a la falta de legitimación activa de parte del recurrido para reclamar resarcimiento por alegadas deudas de cánones de arrendamiento o daños en disminución de valor del patrimonio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR