Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Noviembre de 2016, número de resolución KLCE201602015

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201602015
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2016

LEXTA20161129-023-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS-UTUADO

PANEL VII

JOSUÉ OCASIO TORRES
Recurrido
V.
INTERBORO SYSTEMS CORPORATION
Peticionario
KLCE201602015
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Caso Núm.: E PE2016-0176 Sobre: RECLAMACIÓN DE SALARIOS

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí; la Jueza Lebrón Nieves y la Jueza Brignoni Mártir

Lebrón Nieves, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de noviembre de 2016.

Comparece ante nos Interboro Systems Corporation (Interboro o peticionario), y nos solicita que dejemos sin efecto una Resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 23 de agosto de 2016, notificada el 12 de septiembre de 2016. En el aludido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la Solicitud de Desestimación y No Ha Lugar la Solicitud de Consolidación de Casos.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, se desestima el recurso de epígrafe por falta de jurisdicción, por ser el mismo académico.

Veamos.

I

El caso de epígrafe tuvo su génesis en una Querella presentada el 21 de julio de 2016, por el señor Josué E. Ocasio Torres (Ocasio Torres o recurrido), al amparo del procedimiento sumario de la Ley Núm. 2 del 17 de octubre de 1961, (Ley Núm. 2), 32 LPRA sec. 3118, et seq., en contra de Interboro. En la misma, Ocasio Torres sostuvo que trabajó como técnico de campo desde el 20 de febrero de 2007 hasta el 19 de octubre de 2015, fecha en que renunció a su empleo.

Indicó además, que fue erróneamente clasificado como empleado exento, pues sus funciones alegadamente no cumplían con lo establecido en el Reglamento 13 del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos o la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo. Entre otras cosas, el recurrido arguyó que Interboro le adeudaba sendas sumas de dinero correspondientes a horas trabajadas consideradas como tiempo extra; a días por vacaciones que alegadamente le fueron descontadas ilegalmente, y a períodos para tomar alimentos no disfrutados.

El 3 de agosto de 2016, Interboro presentó una Contestación a la Demanda y Solicitud de Desestimación. El peticionario indicó que entre el recurrido y éste existía una relación de empleado exento. Por tal razón, no reconoció deuda alguna para con el señor Ocasio Torres. Igualmente, solicitó la desestimación de la Querella de epígrafe por falta de parte indispensable, ya que adujo que la esposa del recurrido tenía que comparecer como demandante o demandada. Asimismo, afirmó que el recurrido tenía que presentar su Querella como parte de una reconvención compulsoria, pues los hechos planteados en el caso de epígrafe estaban ligados a todas las alegaciones del caso E DP2016-0044, caso que Interboro presentó previamente en contra de Ocasio Torres. Eventualmente, el recurrido se opuso a la desestimación.

El 5 de agosto de 2016, el peticionario presentó una Solicitud de Consolidación de Casos, en la que solicitó que se consolidara el caso de epígrafe con el caso E DP2016-0044.

Así las cosas, el 23 de agosto de 2016, el foro primario dictó una Resolución, que fuera notificada el 12 de septiembre de 2016. En el aludido dictamen, se declaró

No Ha Lugar la Solicitud de Desestimación y No Ha Lugar la Solicitud de Consolidación de Casos. En desacuerdo, el 21 de septiembre de 2016, Interboro presentó una Moción de Reconsideración a la Resolución. El 26 de septiembre de 2016, notificada el 29 del mismo mes y año, el foro primario declaró la misma No Ha Lugar.

Inconforme aún, el peticionario acudió ante nos y arguyó que el foro primario erró de la siguiente forma:

Primer Error:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al no Ordenar la consolidación de los casos Interboro Systems vs. Josué Ocasio y otros, E DP2016-0044 y Josué Ocasio vs. Interboro Systems, E PE2016-0176.

Segundo Error: Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al señalar que no era aplicable la disposición de...

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