Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Diciembre de 2016, número de resolución KLRA201601078

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201601078
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2016

LEXTA20161215-049-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-FAJARDO

PANEL II

DIANA OCASIO GARCÍA
Recurrente
v.
CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO
Recurrida
KLRA201601078
RECURSO DE REVISIÓN procedente de la Junta de Apelaciones de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado Caso Núm.: JA-00-12 Sobre: Reclasificación

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y la Jueza Cortés González

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de diciembre de 2016.

Diana I. Ocasio García [Ocasio García] acude ante nos en recurso de revisión para cuestionar una Resolución emitida por la Junta de Apelaciones de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado [Corporación del Fondo] el 22 de agosto de 2016. Mediante dicha Resolución denegó la solicitud de relevo de sentencia presentada por Ocasio García.

HECHOS

Por ser relevante a la controversia planteada únicamente los hechos procesales recientes, eso es lo que expondremos.

La recurrente Diana I. Ocasio García solicitó la reclasificación de su puesto. El 5 de diciembre de 2015, notificada diez (10) días luego, la Junta de Apelaciones denegó la reclasificación. La señora Ocasio García no presentó recurso de revisión. El 30 de marzo de 2016 presentó una solicitud de relevo de resolución ante la Junta de Apelaciones, acompañó su moción de una prueba obtenida con posterioridad a la vista en sus méritos.

Mediante Resolución dictada el 22 de agosto de 2016, notificada el 8 de septiembre de 2016, la Junta de Apelaciones denegó el relevo de resolución solicitado.

Inconforme, Ocasio García comparece ante nosotros, arguye que

Erró la Junta de Apelaciones de Empleados Gerenciales de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado al declarar no Ha Lugar la solicitud de relevo de sentencia presentada por la recurrente.

La Corporación del Fondo presentó su alegato en oposición. Con el beneficio de ambos escritos, procedemos a evaluar.

EXPOSICIÓN Y ANÁLISIS

La Regla 49.2 de Procedimiento Civil de 2009 establece que mediante una moción y bajo aquellas condiciones que sean justas, el tribunal podrá relevar a una parte o a su representante legal de una sentencia, orden o procedimiento por las siguientes razones:

  1. Error, inadvertencia, sorpresa o negligencia excusable;

  2. descubrimiento de evidencia esencial que, a pesar de una debida diligencia, no pudo...

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