Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Enero de 2017, número de resolución KLAN201601851

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601851
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución26 de Enero de 2017

LEXTA20170126-007 - Mob Investments v. Capital Crossing Pr

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

MOB INVESTMENTS, CORP.
Apelante
v.
CAPITAL CROSSING PR, LLC.
Apelado
KLAN201601851
Recurso de apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm. K PE2016-1452 Sobre: Procedimientos Especiales Injunction-Clásico

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Juez Cintrón Cintrón y la Juez Rivera Marchand.

Rivera Marchand, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de enero de 2017.

Comparece ante nosotros MOB Investment Corp (MOB o apelante) y solicita la revocación de la Sentencia dictada el 9 de noviembre de 2016 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de San Juan. Mediante el referido dictamen, el foro primario desestimó con perjuicio una demanda de daños y perjuicios incoada por MOB en contra de Capital Crossing PR, LLC (Capital). El TPI resolvió que la demanda dejó de exponer una reclamación que justificara la concesión de un remedio. Veamos.

I.

En junio de 2016, MOB incoó una Demanda de daños y perjuicios, y una Solicitud de injunction preliminar y permanente en contra de Capital. Según nos informó la propia apelante, el TPI ordenó que el caso se ventilara por la vía ordinaria y MOB se allanó pues la acción de interdicto preliminar e injuncion permanente se tornó académica Por lo tanto, pasamos a reseñar las alegaciones pertinentes a la acción de daños y perjuicios.

MOB alegó en la demanda que interesaba comprar ciertos activos (pagarés hipotecarios) de Capital y a esos efectos ambas partes comenzaron una etapa de negociación. En específico, el objeto de negociación era un préstamo hipotecario del Sr. Efraín Jiménez, préstamo que fue adquirido por Capital como parte del proceso de liquidación de Doral Bank. MOB adujo que conocía los pormenores del préstamo lo cual incluía la identidad de las propiedades que garantizaba el cumplimiento de dicho crédito. Según MOB, Capital le vendería dichos activos a quien le hiciera la mejor oferta.

En la demanda se alegó que las conversaciones se llevaron a cabo entre el Sr.

Manuel Ojeda Batista (representante de MOB) y el Sr. Leopoldo Díaz (representante de Capital). Durante las conversaciones iniciales, Capital le informó a MOB que existían algunos asuntos sin culminar relacionados a la adquisición de los activos de Doral Bank. MOB alegó que en ese momento le solicitó a Capital unos estudios de títulos recientes. Aproximadamente dos meses después, Capital se comunicó con MOB para reunirse y discutir los detalles de la transacción.

MOB adujo en la demanda que en la primera reunión se conversó sobre una “posible oferta de $1,000,000.00 sujeto a la situación registral de los mismos y los gastos y deudas relacionadas incluyendo CRIM y IRS”. Además, MOB le indicó a Capital que haría una “oferta formal y por escrito con la debida prueba de fondos una vez recibiera los estudios de títulos a lo que el Sr. Díaz se comprometió a conseguir”. Según la demanda, hubo una segunda reunión entre las partes y el señor Díaz se comprometió nuevamente a proveer los estudios de títulos.

Luego de varias semanas sin repuesta de Capital, el señor Ojeda intentó comunicarse con el señor Díaz, pero las gestiones fueron infructuosas. Semanas después, el señor Díaz se comunicó con el señor Ojeda para solicitar la oferta por escrito, pero éste le informó que necesitaba los estudios de títulos y, una vez fueron provistos, enviaría la oferta. El señor Díaz se comprometió en enviar los estudios de títulos en unos días y no lo hizo. MOB se comunicó con el Supervisor del señor Díaz quien le indicó a MOB que estaba listo para “cerrar el caso”. Como resultado de esta conversación, y posterior contacto con el señor Díaz, MOB cursó una primera oferta por $750,000 luego de ésta investigar el status de las propiedades en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y contando con recibir los estudios de títulos de Capital.

Transcurridas unas semanas, MOB cursó una segunda oferta por $800,000 y la acompañó con una carta bancaria que certificaba la disponibilidad de los fondos para la transacción. MOB alegó en la demanda que al enviársele la segunda oferta se le solicitó nuevamente a Capital los estudios de títulos y ésta indicó que no los entregaría por ser dicha información confidencial. MOB le argumentó a Capital que dicha información era pública porque surgía del Registro de la Propiedad y su divulgación por parte de Capital era de esperarse si la adquisición de los activos dependía del estado registral.

Semanas más tarde, sin recibir comunicación de Capital, MOB incrementó su oferta a $850,000. Alegó MOB que su interés en la transacción se debía a que es propietario de un edificio contiguo a las propiedades que garantizaban el préstamo objeto de negociación. Según la demanda, esta última oferta fue recibida por Capital el 25 de abril de 2016 y “no ha recibido ninguna comunicación oficial de parte del Demandado [Capital] respecto a [ella]”. MOB manifestó que Capital utilizó las negociaciones descritas para aumentar el monto de las ofertas del activo y lograr una transacción con otro grupo o entidad. Ante esta alegada situación, MOB adujo en la demanda que sus oficiales han sufrido una gran consternación y desasosiego.

MOB afirmó en la demanda que “[l]as representaciones que siempre le fueron hechas al Demandante para ser favorecido por el Demandado para la compra de dichas notas, le instaron a separar los fondos necesarios para cubrir la oferta mediante un cheque de gerente, fondos que dejaron de devengar intereses, causándole por ende daño económico al Demandante”. MOB estimó los supuestos daños en $25,000. Además, MOB alegó que el resultado de las negociaciones a favor de un tercero le ocasionaron daños ascendentes a $850,000 y otros $4,000,000 por una supuesta pérdida de oportunidad comercial.

El 2 de junio de 2016 compareció...

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