Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Enero de 2017, número de resolución KLAN201601076

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601076
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Enero de 2017

LEXTA20170127-007 - Carlos Bonilla Per v. Consultants & Resources International

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL ESPECIAL: ORDEN ADM. TA2016-305

CARLOS BONILLA PEREZ Y OTROS Apelantes
v.
CONSULTANTS & RESOURCES INTERNATIONAL, INC. Y OTROS Apelados
KLAN201601076 Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan K DP2010-0962 (802)

Panel Especial integrado por su presidenta, la Jueza Soroeta Kodesh, el Juez Sánchez Ramos y el Juez Ramírez Nazario

Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de enero de 2017.

Comparece ante nuestra consideración la parte apelante, Carlos Bonilla Pérez et al, y nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, el 27 de junio de 2016, notificada el 29 de junio de 2016. Mediante esta, el foro primario declaró No Ha Lugar la demanda presentada por los apelantes y ordenó a la apelante al pago de las costas del pleito.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso ante nuestra consideración.

I

Los hechos e incidentes relevantes a esta controversia, comenzaron cuando las empresas Quiksilver, Volcom y Fox Head contrataron a la empresa demandada, Consultant & Resources, International, Inc. para que investigara la alegada venta de productos falsificados en varios establecimientos en Puerto Rico. Entre los establecimientos investigados estuvo Car Connection, operado por los apelantes.

Luego de la investigación, el investigador Carlos Santana firmó una declaración jurada en la que certificó que visitó la tienda Car Connection y compró una serie de productos alegadamente falsificados. Además, certificó que en ese establecimiento se fabricaban calcomanías falsificadas. Posteriormente, las empresas apeladas presentaron una demanda en el foro federal por esta actuación, contra varios comercios en Puerto Rico, incluido el de los apelantes. A tenor con ello, solicitaron una orden de embargo preventivo contra los comercios en cuestión. El foro federal emitió la orden y la misma fue diligenciada el 23 de agosto de 2008. Al realizar el embargo, surge de las determinaciones de hechos, que no se encontraron productos falsificados en el comercio de los apelantes. Esta controversia judicial culminó con un acuerdo de transacción entre las partes. Asimismo, el 30 de julio de 2009, el foro federal emitió un injunction permanente contra los apelantes.

El 20 de julio de 2010, los apelantes presentaron una demanda contra los apelados y reclamaron los daños y perjuicios, pérdida de ingreso y los gastos por mudanza, todos alegadamente ocasionados por el diligenciamiento de una orden de embargo de parte de los alguaciles federales, en su negocio. Los apelados comparecieron con sus respectivas contestaciones el 24 de agosto de 2010 y el 10 de febrero de 2011, independientemente.

La parte demandante no emplazó al codemandado Carlos Santana y en cuanto a Quiksilver, Volcom y Fox...

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