Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Febrero de 2017, número de resolución KLCE201602349

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201602349
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2017

LEXTA20170215-009 - Wm Capital Partners 53 v. Q&s Realty Acquisition

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL IV

WM CAPITAL PARTNERS 53, LLC
Recurrida
v.
Q&S REALTY ACQUISITION, CORP.; QUIÑONES & SÁNCHEZ PSC; JOSÉ CARLOS SÁNCHEZ CASTRO; EDWIN QUIÑONES RIVERA, MARÍA TERESA PORRATA FERNÁNDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Peticionaria
KLCE201602349
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K CD2013-0681 Sobre: Cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Cintrón Cintrón y la Jueza Rivera Marchand.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de febrero de 2017.

La parte peticionaria compuesta por Q&S Realty Acquisition, Corp., el señor Edwin Quiñones Rivera, la señora María Teresa Porrata y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, presentaron el 19 de diciembre de 2016, esta Petición de certiorari para impugnar la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, que denegó determinado descubrimiento de prueba encaminado a cuestionar la negociabilidad del pagaré que evidencia la acreencia que WM Capital Partners 53, LLC, procura cobrar contra estos.

Denegamos el auto de certiorari, por cuanto la parte peticionaria no nos ha puesto en posición de aquilatar si hubo un fracaso de la justicia para poder entender en los méritos de lo planteado, de conformidad con la Regla 52.1 de las de Procedimiento Civil. 32 LPRA AP. V, R. 52.1. La denegatoria contenida en la mencionada Resolución se refiere a un descubrimiento de prueba, asunto interlocutorio que no está contemplado en la aludida regla para su revisión, salvo por excepción.

Veamos el trasfondo procesal en que se dirime el asunto interlocutorio planteado.

I

El 20 de marzo de 2013, Scotiabank de Puerto Rico (Scotiabank) presentó una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria contra Q&S Realty Acquisition, Corp., el señor Edwin Quiñones Rivera, la señora María Teresa Porrata y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (deudores- peticionarios). En la demanda, el banco acreedor alegó que el 30 de septiembre de 2008, el US Small Business Administration (SBA) le había concedido un préstamo en la cantidad de $1,353,000, por el plazo de 20 años, entre R-G Premier Bank y Marketing Small Business Corporation, mediante el cual R-G Premier Bank proveyó el financiamiento a término, mientras SBA lo garantizó para que Q&S Realty Acquisition Corp., y Quiñones & Sánchez PSC, adquirieran o mejoraran una propiedad comercial ubicada en San Juan, Puerto Rico. A su vez, dicho préstamo estaría garantizado por ciertos gravámenes sobre determinada propiedad inmueble. Como parte de la transacción comercial, Q&S Realty Acquisition, Corp., el 9 de octubre de 2008, suscribió un pagaré en la cantidad de $1,651,907, de principal, con intereses de 12 por ciento anual fijo, a la orden de R-G Premier Bank of Puerto Rico, ante Notario Público.

Según reza la demanda, Scotiabank reclamó en relación al pagaré de $1,651,907, el pago de $1,200,044.80, de principal adeudado, $319,761.16, por concepto de intereses, y $165,190.70, para las costas, gastos y los honorarios de abogado. Asimismo, Scotiabank solicitó la ejecución de las garantías inmobiliarias que garantizaban dicho pagaré. Por último, Scotiabank alegó que había...

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