Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2017, número de resolución KLAN201600553

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201600553
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2017

LEXTA20170228-009 - Holsum De PR v. Supermercado Caguas Centro

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL III

HOLSUM DE PUERTO RICO, INC.
Demandante Apelada
v.
SUPERMERCADO CAGUAS CENTRO, INC.
Demandada Apelante
KLAN201600553
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas
Caso Núm.:
EAC2015-0360 (701)
Sobre:
Incumplimiento de Contrato y Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2017.

Comparece Supermercado Caguas Centro, Inc. mediante el recurso de Apelación de epígrafe y nos solicita que revoquemos una Sentencia en rebeldía notificada por el Tribunal de Primera Instancia el 12 de febrero de 2016.

Mediante dicha Sentencia en rebeldía, el Tribunal declaró Ha Lugar la demanda de Holsum de Puerto Rico, Inc. y condenó a la Apelante a pagarle a la Apelada la cantidad de $67,479.07 de principal y cargos por mora pactados, $160.00 de costas del pleito y $6,747.90 por concepto de honorarios de abogado.

La Apelante solicita que se deje sin efecto la rebeldía que se le anotó, que se le releve de la sentencia dictada, que se acepte la contestación a la demanda y que continúen los procedimientos.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada.

El presente caso comenzó con la presentación de una demanda en cobro de dinero incoada por la Apelada en contra de la Apelante con fecha de 26 de agosto de 2015 y presentada ante el foro recurrido al día siguiente. Al no ser contestada la demanda, la Apelada presentó una Moción Solicitando Anotación de Rebeldía el 2 de noviembre de 2015, la cual fue declarada ha lugar y se señaló juicio para el 7 de marzo de 2017. La Apelada solicitó entonces que se dictara sentencia en rebeldía el 22 de diciembre de 2015. El 7 de enero de 2016, el Tribunal de Primera Instancia dictó la sentencia en rebeldía, ordenando a la Apelante el pago de $67,479.07 en concepto de principal y cargos por mora pactados, $160.00 por costas del pleito y $6,747.90 por concepto de honorarios de abogado.

Así las cosas, la Apelante presentó una Moción Solicitando Reconsideración de Sentencia en Rebeldía, Para que se deje sin efecto la Sentencia, Se acepte la Contestación a la Demanda y Continúen los Procedimientos el 24 de febrero de 2016. La misma fue notificada al día siguiente. La Apelada, por su parte, presentó una Oposición el 9 de marzo de 2016. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la Moción de Reconsideración y Relevo de Sentencia, notificando de ello a las partes el 29 de marzo de 2016.

Inconforme con tal dictamen, la Apelante señaló los siguientes errores: (1) Erró el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, al denegar la Moción Solicitando Reconsideración de Sentencia Dictada en Rebeldía, Para que se deje sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR