Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2017, número de resolución KLRA201600953

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600953
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2017

LEXTA20170228-0132-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-FAJARDO

PANEL I

COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
CORPORACIÓN PARA LA DEFENSA DEL POSEEDOR DE LICENCIA DE ARMAS DE PUERTO RICO, INC.
Recurrente
KLRA201600953
Revisión administrativa procedente de la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico
Caso Núm.:
CM-2015-313
Sobre:
Violación al Artículo 3.030 del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. sec. 303, Orden de Cese y Desista

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2017.

Comparece ante nosotros la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas de Puerto Rico, Inc. mediante el recurso de Revisión Judicial de epígrafe. Nos solicita que revoquemos una Orden de Cese y Desista emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros el 2 de diciembre de 2015, luego de concluir que la Apelante ofrecía una cubierta de seguros sin poseer la licencia correspondiente.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, confirmamos la resolución recurrida.

La Apelante es una institución organizada el 17 de septiembre de 2014, al amparo de las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con número de registro de corporación 343136, que ofrecía una membresía a cambio de asistencia legal para la defensa del poseedor de licencias de armas de Puerto Rico. Es decir, a cambio de una mensualidad o de una anualidad, la Apelante brindaba representación legal en caso de que uno de sus miembros necesitara defender su legítima tenencia de armas de fuego o el desempeño en su uso legítimo.

El 8 de junio de 2015, mediante una solicitud de investigación anónima, la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico, advino en conocimiento de los servicios ofrecidos por la Apelante. Concluyó la Apelada que dichos servicios constituían un contrato de seguros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1.020 del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 LPRA sec. 102, sin contar con la autorización legal para fungir como asegurador. Por ello, el 2 de diciembre de 2015, la Apelada emitió una Orden de Cese y Desista.

Inconforme, la Apelante solicitó una vista administrativa que, posteriormente, las partes acordaron dejar sin efecto. En su lugar, solicitaron someter el caso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR