Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2017, número de resolución KLAN201601447

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601447
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2017

LEXTA20170228-028 - Sucn. Eduarda Perez Per v. Hospital San Francisco Y Otros Dr. Pedro Rivera Caballero

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-FAJARDO

PANEL II

SUCN. EDUARDA PÉREZ PÉREZ Y OTROS
Apelados
v.
HOSPITAL SAN FRANCISCO Y OTROS DR. PEDRO RIVERA CABALLERO
Apelante
KLAN201601447
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm. KDP2014-0362 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y la Jueza Cortés González

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2017.

El Dr. Pedro Rivera Caballero solicita la revisión de una Sentencia dictada el 6 de septiembre de 2016 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan [TPI], en la que permite el desistimiento parcial sin perjuicio de la primera causa de acción de la codemandante Amareliz Del Valle-Pérez.

ANTECEDENTES

Por hechos ocurridos entre el 5 de marzo y el 6 de abril de 2013, los hijos de Eduarda Pérez Pérez presentaron demanda en daños y perjuicios por responsabilidad profesional médica el 4 de abril de 2014. Terminado el descubrimiento de prueba que incluyó deposiciones a varios peritos, entre ellos un emergenciólogo que viajó desde Tampa, Florida y seleccionada la fecha de juicio para los primeros días de marzo de 2017, la co-demandante Amareliz del Valle Pérez solicitó el desistimiento sin perjuicio en cuanto a su causa de acción personal por sufrimiento y angustias mentales, pues se traslada a Texas US; no lo hizo en cuanto a la causa de acción heredada. El TPI lo autorizó y dictó la Sentencia Parcial apelada. Dio por desistido el pleito sin imponer condición alguna.

Inconforme, el Dr. Rivera Caballero acude ante nosotros. Arguye que incidió el TPI al aceptar el desistimiento voluntario sin perjuicio de la demandante Amareliz del Valle Pérez sin imponer ningún término o condición.

En su alegato, el Dr. Rivera Caballero argumenta que se ha realizado un intenso descubrimiento de prueba, donde se produjo extensa prueba documental, incluidos los expedientes médicos; se presentaron interrogatorios y se contestaron. También se contrataron peritos que rindieron informes y fueron depuestos; uno de esos peritos viajó desde Tampa, Florida para poder ser depuesto. En total se realizaron 13 deposiciones. Procesalmente, se realizaron dos conferencias...

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